# Resolución de 28 de julio de 2025, de la Dirección General de Jóvenes y Deportes, por la que se aprueba el Reglamento General de la Real Federación Extremeña de Fútbol, se ordena su inscripción en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura, y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2025-09-22
- **Organismo:** Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Federaciones Deportivas.
- **Identificador oficial:** 2025063347
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2025-09-22/resolucion-28-julio-2025-direccion-general-jovenes-deportes-que-aprueba-reglamento-general-real-federacion-extremena-futbol-5lBDdk
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/1820o/25063347.pdf

## Contenido

NÚMERO 182 Lunes 22 de septiembre de 2025 50637 RESOLUCIÓN de 28 de julio de 2025, de la Dirección General de Jóvenes y Deportes, por la que se aprueba el Reglamento General de la Real Federación Extremeña de Fútbol, se ordena su inscripción en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura, y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. (2025063347) ANTECEDENTES DE HECHO Primero. Con fecha de 16 de julio de 2025, D. Sergio Merchán Guay, en representación de la Real Federación Extremeña de Fútbol, presentó solicitud ante la Dirección General de Jóvenes y Deportes para la aprobación del Reglamento General de dicha Federación, instado en la reunión de su Asamblea General Extraordinaria de 2 de julio de 2025, su inscripción en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura, y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. Segundo. Se ha constatado el cumplimiento de todos los requisitos que, para la aprobación del Reglamento General de la Federación, inscripción en el Registro y posterior publicación en el Diario Oficial de Extremadura, exigen la Ley 2/1995, de 6 de abril, y sus disposiciones de desarrollo. FUNDAMENTOS JURÍDICOS Primero. El artículo 7.g) de la Ley 2/1995, de 6 de abril, del Deporte de Extremadura, atribuye a la Consejería de Educación y Juventud (actualmente Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes) la competencia de “declarar el reconocimiento o la extinción de las Federaciones Deportivas de ámbito extremeño y aprobar sus estatutos, reglamentos y métodos de elaboración de presupuestos y control de su ejecución”. Segundo. El artículo 12.1 del Decreto 27/1998, de 17 de marzo, por el que se regulan las Federaciones Deportivas Extremeñas atribuye al Director General de Jóvenes y Deportes la aprobación mediante resolución motivada de las normas reglamentarias y estatutarias y la posterior autorización de la inscripción de las Federaciones Deportivas en el citado registro. Tercero. El artículo 26.3 de la Ley 2/1995, de 6 de abril, del Deporte de Extremadura dispone la obligatoriedad de publicar en el Diario Oficial de Extremadura los estatutos y reglamentos de las Federaciones Deportivas Extremeñas, así como sus modificaciones. Por todo lo dispuesto anteriormente, y vista la propuesta del Jefe de Servicio de Promoción y Entidades Deportivas de Extremadura de fecha 25 de julio de 2025,

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/1820o/25063347.pdf
