# Resolución de 19 de noviembre de 2025, de la Secretaría General, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 130/2024, de 2 de septiembre, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Mérida, en el procedimiento abreviado 117/2024.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2025-11-26
- **Organismo:** Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Sentencias. Ejecución.
- **Identificador oficial:** 2025064182
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2025-11-26/resolucion-19-noviembre-2025-secretaria-general-que-dispone-ejecucion-sentencia-no-1302024-2-septiembre-dictada-GDQ8k2
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/2280o/25064182.pdf

## Contenido

NÚMERO 228 Miércoles 26 de noviembre de 2025 64112 CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA RESOLUCIÓN de 19 de noviembre de 2025, de la Secretaría General, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 130/2024, de 2 de septiembre, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Mérida, en el procedimiento abreviado 117/2024. (2025064182) En el recurso contencioso-administrativo tramitado por el procedimiento abreviado n.º 117/2024, promovido por Custodio José Jiménez García, siendo parte demandada la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, en recurso contencioso-administrativo contra la resolución del recurso de alzada de fecha 27 de febrero de 2024, contra la Resolución dictada por el Director General de Transportes en el expediente BA0621/21 que impone una sanción de 1.001 euros, se ha dictado sentencia firme núm. 130/2024, por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Mérida. El artículo 9.1 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, establece que el titular del órgano competente dicte la correspondiente resolución en orden al cumplimiento de la sentencia. De conformidad, con los artículos 129 a 136 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, el Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, así como con lo dispuesto en la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Decreto 238/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, y en la Resolución de 17 de junio de 2025, del Consejero, por la que se delega el ejercicio de competencias en diversas materias y se establece el régimen de suplencia de los órganos directivos de la Consejería. Por consiguiente, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la legislación vigente, RESUELVO: Proceder a la ejecución de la sentencia n.º 130/2024, de 2 de septiembre, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 2 de Mérida, en el procedimiento abreviado núm. 117/2024, llevando a puro y debido efecto el fallo, que es del siguiente tenor literal:

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/2280o/25064182.pdf
