# Decreto 168/2025, de 2 de diciembre, sobre declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras "Acceso a Solana de los Barros desde la EX-300".

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2025-12-09
- **Organismo:** Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Expropiaciones.
- **Identificador oficial:** 2025040289
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2025-12-09/decreto-1682025-2-diciembre-declaracion-urgencia-ocupacion-terrenos-ejecucion-obras-acceso-solana-barros-ex-300-5WDwdX
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/2360o/25040289.pdf

## Contenido

NÚMERO 236 Martes 9 de diciembre de 2025 66451 CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA DECRETO 168/2025, de 2 de diciembre, sobre declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras "Acceso a Solana de los Barros desde la EX-300". (2025040289) La Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda tiene atribuidas por Decreto 77/2023, de 21 de julio, en relación con el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, las competencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de planificación, ejecución, mantenimiento y ordenación de las infraestructuras viarias. Asimismo, la Junta de Extremadura tiene atribuida la facultad expropiatoria en virtud del propio Estatuto de Autonomía, artículo 38.b) en su redacción dada de la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, correspondiendo a su Consejo de Gobierno la declaración de urgencia del procedimiento expropiatorio según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954. Con relación a las obras de “Acceso a Solana de los Barros desde la EX-300”, el proyecto fue aprobado en fecha 17 de marzo de 2025, y en relación con el procedimiento expropiatorio se ha practicado información pública mediante Anuncio de 12 de junio de 2025 (DOE n.º 123, de 27 de junio). Asimismo, se han practicado notificaciones individuales a los particulares afectados y el resto de las publicaciones exigidas legalmente. Se han recibido alegaciones dentro del plazo concedido al efecto, y han sido respondidas, constando en el expediente acreditación de lo actuado. En anexo al presente decreto se publica la relación de bienes y derechos y titulares afectados a resultas del trámite de información pública. La mejora de la seguridad vial de la circulación es uno de los principales objetivos de la gestión de las infraestructuras viarias de la red de carreteras de la Junta de Extremadura, siendo su fin último conseguir reducir, en la mayor medida posible, las consecuencias humanas, sociales y económicas de los accidentes de circulación. Consecuencia de ello son las numerosas actuaciones para modernizar la red viaria y mejorar y reforzar los equipamientos de seguridad de las carreteras de titularidad autonómica. Es objeto de la Dirección General de Infraestructuras Viarias, adscrita a la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, perfeccionar los procedimientos usados y mejorar la calidad de sus trabajos, por ello todos los elementos que forman parte de la seguridad viaria, como se indica en la gestión de las infraestructuras viarias, la seguridad pasiva de la carretera ha de considerarse bajo un enfoque integral, con un análisis de los posibles escenarios, así como de las mejores soluciones posibles.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/2360o/25040289.pdf
