# Acuerdo de 21 de octubre de 2025, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la modificación puntual 1/2019 (n.º 20) de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Navalvillar de Pela que afecta a los usos permitidos en Suelo Urbano "residencial de ensanche" (Cooperativa San Isidro Labrador).

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2025-12-18
- **Organismo:** Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Normas Subsidiarias.
- **Identificador oficial:** 2025AC0105
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2025-12-18/acuerdo-21-octubre-2025-comision-urbanismo-ordenacion-territorio-extremadura-aprobacion-definitiva-modificacion-puntual-12019-no-20-nY6EQq
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/2430o/25AC0105.pdf

## Contenido

NÚMERO 243 Jueves 18 de diciembre de 2025 69325 ACUERDO de 21 de octubre de 2025, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la modificación puntual 1/2019 (n.º 20) de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Navalvillar de Pela que afecta a los usos permitidos en Suelo Urbano "residencial de ensanche" (Cooperativa San Isidro Labrador). (2025AC0105) La Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, en adelante CUOTEX, en sesión celebrada el 21/10/2025, adoptó el siguiente acuerdo sobre el asunto epigrafiado: I. Antecedentes. El asunto de referencia se aprobó inicialmente en sesión del Pleno municipal de 14/11/2024 y, una vez sometido a información pública mediante publicación en el Diario Oficial de Extremadura de 17/02/2025 y en sede electrónica, sin haberse presentado alegaciones según certificado de la Secretaría municipal, se aprobó provisionalmente el 29/05/2025. Consta su sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental previsto en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que ha dado como resultado la formulación del informe ambiental estratégico el 09/05/2024. El expediente contiene los informes favorables, condicionados y de no afectación a sus intereses de los órganos sectoriales afectados. II. Competencia. Navalvillar de Pela no dispone de un plan general municipal adaptado a las determinaciones de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, en adelante LOTUS, por lo que es de aplicación el apartado 3.f) de su disposición transitoria segunda que, en la redacción dada por el Decreto-ley 5/2025, de 18 de septiembre, de ayudas extraordinarias y otras medidas urgentes para la recuperación de las zonas afectadas por los incendios forestales acaecidos en Extremadura durante el verano de 2025 y en materia preventiva de incendios forestales, establece que le corresponde a la Comunidad Autónoma la aprobación definitiva de las modificaciones de la ordenación estructural del planeamiento general y las de carácter detallado al municipio. A estos efectos, se entenderá por determinaciones de ordenación estructural y detallada las relacionadas en el artículo 45 de la LOTUS. Cuando la modificación afecte a determinaciones de ordenación estructural y detallada simultáneamente, la competencia para la aprobación definitiva será de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/2430o/25AC0105.pdf
