# Resolución de 19 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Modificado de puesta en riego de 148,7071 ha de olivar mediante aguas superficiales del río Guadiana, en el término municipal de Puebla de Alcocer (Badajoz)". Expte.: IA24/1957.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2025-12-30
- **Organismo:** Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental.
- **Identificador oficial:** 2025064624
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2025-12-30/resolucion-19-diciembre-2025-direccion-general-sostenibilidad-que-formula-declaracion-impacto-ambiental-proyecto-modificado-puesta-riego-nwZD3w
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/2500o/25064624.pdf

## Contenido

NÚMERO 250 Martes 30 de diciembre de 2025 72637 RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Modificado de puesta en riego de 148,7071 ha de olivar mediante aguas superficiales del río Guadiana, en el término municipal de Puebla de Alcocer (Badajoz)". Expte.: IA24/1957. (2025064624) El proyecto de “Modificado de puesta en riego de 148,7071 ha de olivar mediante aguas superficiales del río Guadiana, en el término municipal de Puebla de Alcocer (Badajoz)”, pertenece al grupo 1 “Silvicultura, agricultura, ganadería y acuicultura”, epígrafe c) “Proyectos de gestión de recursos hídricos para la agricultura, incluida la transformación a regadío y la mejora o consolidación de regadío, que afecten a más de 100 ha”, del anexo I del Real Decreto 445/2023, de 13 de junio, por el que se modifican los anexos I, II y III de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. En dicha normativa se establece la obligación de formular declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización, o en su caso, autorización de las obras, instalaciones o actividades comprendidas en el citado anexo. Es órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativo al proyecto, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La presente declaración de impacto ambiental analiza los principales elementos considerados en la evaluación ambiental practicada: el estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA), el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas. A. Identificación del promotor, del órgano sustantivo y descripción del proyecto. A.1. Promotor y órgano sustantivo del proyecto. Los promotores del proyecto de “Modificado de puesta en riego de 148,7071 ha de olivar mediante aguas superficiales del río Guadiana, en el término municipal de Puebla de Alcocer (Badajoz)”, son Diego Romero Álvarez, Aurora Delgado Romero, Concepción Delgado Romero, Alfredo Álvarez del Río, José M.ª Gallardo Tercero, Juan Francisco Gutiérrez Rodríguez y Los Matos, SL. El órgano competente para el otorgamiento de la concesión de aguas para riego es la Confederación Hidrográfica del Guadiana (en adelante CHG).

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/2500o/25064624.pdf
