# Orden de 9 de febrero de 2026, de la Consejera como titular de la Presidencia del Consejo de Formación Profesional de Extremadura, por la que se dispone el cese y nombramiento de la persona que desempeña la Secretaría de dicho órgano.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-02-17
- **Organismo:** Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Ceses. Nombramientos.
- **Identificador oficial:** 2026050016
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2026-02-17/orden-9-febrero-2026-consejera-titular-presidencia-consejo-formacion-profesional-extremadura-que-dispone-cese-56eOXp
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/320o/26050016.pdf

## Contenido

NÚMERO 32 Martes 17 de febrero de 2026 II 7809 AUTORIDADES Y PERSONAL 1. NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL ORDEN de 9 de febrero de 2026, de la Consejera como titular de la Presidencia del Consejo de Formación Profesional de Extremadura, por la que se dispone el cese y nombramiento de la persona que desempeña la Secretaría de dicho órgano. (2026050016) Mediante Decreto 75/2001, de 29 de mayo, se crea y regula el Consejo de la Formación Pro­ fesional de Extremadura, como órgano consultivo y de asesoramiento tripartito, compuesto por las organizaciones sindicales y empresariales más representativas del ámbito de la Co­ munidad Autónoma de Extremadura y las consejerías competentes en materia de formación profesional. Según lo dispuesto en su artículo 3, está compuesto por el Presidente, el Vicepre­ sidente, 24 vocales y el secretario, que actuará con voz y sin voto. La Orden de 16 de abril de 2002, por la que se aprueba su Reglamento de Organización y Funcionamiento (DOE n.º 53, de 9 de mayo), establece en su artículo 6 que la presidencia de dicho Consejo corresponderá alternativamente y por periodos anuales naturales, al titular de la Consejería competente en materia educativa y al titular de la Consejería competente en materia de trabajo de la Junta de Extremadura. Mediante Orden de 1 de marzo de 2024, de la Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional y del Consejero de Economía, Empleo y Transformación Digital, por la que se de­ termina la presidencia y vicepresidencia y se nombran a los representantes de la Administra­ ción de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el Consejo de la Formación Profesional de Extremadura (DOE n.º 49, de 11 de marzo), se establece en su resuelvo primero que “La Presidencia del Consejo de la Formación Profesional de Extremadura será desempeñada du­ rante el año 2024 por la persona titular de la Consejería competente en materia de educación, a quien sucederá en la siguiente anualidad la persona titular de la Consejería competente en materia de empleo, y así alternativamente”. En consecuencia, una vez finalizado el mandato anual del titular de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, corresponde al titular de la Consejería de Educación, Ciencias y Formación Profesional, desempeñar la Presidencia del Consejo de la Formación Profesional, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 3.5 del mencionado Decreto 75/2001, de 29 de mayo, nombrar mediante Orden a la persona que desempeñe la secretaría de dicho órgano.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/320o/26050016.pdf
