# Acuerdo de 29 de enero de 2026, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Valverde de Leganés consistente en la supresión del fondo máximo edificable en la ordenanza reguladora de la tipología residencial unifamiliar intensiva (artículo v.111).

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-04-27
- **Organismo:** Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Normas Subsidiarias.
- **Identificador oficial:** 2026AC0027
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2026-04-27/acuerdo-29-enero-2026-comision-urbanismo-ordenacion-territorio-extremadura-aprobacion-definitiva-modificacion-puntual-normas-subsidiarias-5Awl7x
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/790o/26AC0027.pdf

## Contenido

NÚMERO 79 Lunes 27 de abril de 2026 15920 CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA ACUERDO de 29 de enero de 2026, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Valverde de Leganés consistente en la supresión del fondo máximo edificable en la ordenanza reguladora de la tipología residencial unifamiliar intensiva (artículo v.111). (2026AC0027) La Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, en adelante CUOTEX, en sesión celebrada el 29/01/2026, adoptó el siguiente acuerdo sobre el asunto epigrafiado: I. ANTECEDENTES. El asunto de referencia se aprobó inicialmente en sesión del Pleno municipal de 23/08/2022 y, una vez sometido a información pública mediante publicación en el Diario Oficial de Extremadura de 31/10/2022 y en sede electrónica, sin haberse presentado alegaciones según certificado de la Secretaría municipal, se aprobó provisionalmente el 10/10/2023. La Dirección General de Sostenibilidad comunicó el 13/03/2023 que el asunto no está sometido al procedimiento de evaluación ambiental estratégica, al no encontrarse en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El expediente contiene los informes favorables, condicionados y de no afectación a sus intereses de los órganos sectoriales afectados. II. COMPETENCIA. Valverde de Leganés no dispone de un plan general municipal adaptado a las determinaciones de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, en adelante LOTUS, por lo que es de aplicación el apartado 3.f) de su disposición transitoria segunda que, en su redacción actual, establece que le corresponde a la Comunidad Autónoma la aprobación definitiva de las modificaciones de la ordenación estructural del planeamiento general y las de carácter detallado al municipio. A estos efectos, se entenderá por determinaciones de ordenación estructural y detallada las relacionadas en el artículo 45 de la LOTUS. Cuando la modificación afecte a determinaciones de ordenación estructural y detallada simultáneamente, la competencia para la aprobación definitiva será de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/790o/26AC0027.pdf
