# Orden de 24 de abril de 2026 por la que se convocan plazas en residencias escolares de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el alumnado matriculado en centros públicos en el curso 2026/2027.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-05-05
- **Organismo:** Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Residencias No Universitarias.
- **Identificador oficial:** 2026050046
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2026-05-05/orden-24-abril-2026-que-convocan-plazas-residencias-escolares-comunidad-autonoma-extremadura-alumnado-matriculado-centros-publicos-nmlBEy
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/840o/26050046.pdf

## Contenido

NÚMERO 84 Martes 5 de mayo de 2026 17776 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL ORDEN de 24 de abril de 2026 por la que se convocan plazas en residencias escolares de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el alumnado matriculado en centros públicos en el curso 2026/2027. (2026050046) El Decreto 92/2008, de 9 de mayo, por el que se establecen medidas de apoyo socioeducativo a las familias extremeñas, modificado por Decreto 92/2009, de 24 de abril, por Decreto 83/2014, de 20 de mayo, por Decreto 41/2015, de 24 de marzo y por Decreto 157/2018, de 25 de septiembre, regula en su título II los servicios socioeducativos de la Consejería de Educación. El capítulo II del citado título está dedicado a las residencias escolares para alumnado de enseñanzas obligatorias y postobligatorias no universitarias. Las residencias escolares son servicios complementarios que contribuyen eficazmente al desarrollo del proyecto educativo extremeño, al facilitar el acceso a las enseñanzas obligatorias y postobligatorias a aquel alumnado que debe escolarizarse en localidades distintas a las de su domicilio habitual, así como a aquel que, en razón de circunstancias excepcionales, deba utilizar el servicio de residencia como medida para asegurar una adecuada respuesta educativa que no puede recibir en el centro educativo de su residencia habitual. Estos servicios aseguran, asimismo, al alumnado, el acceso a actividades deportivas, culturales y recreativas que complementan su desarrollo personal y social. Por otro lado La Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos (DOE 229, de 29 de noviembre), modifica la Ley 1/2008, de 22 de mayo, de creación de Entidades Públicas de la Junta de Extremadura, estableciendo en la redacción de su artículo 12 dedicado a los fines del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios que, la concesión, gestión, resolución y control de las subvenciones, ayudas y becas que se establezcan en su ámbito de actuación, de carácter autonómico o estatal, y en concreto las ayudas de residencias, quedan asignados al Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios. Por todo ello, en uso de las atribuciones que me confiere la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y a propuesta de la Dirección General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios,

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/840o/26050046.pdf
