# Resolución de 24 de abril de 2026, de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, por la que se modifican reglas de cálculo de la Renta Unitaria del Trabajo y se actualizan los módulos objetivos de valoración para la calificación de explotación agraria prioritaria establecidos en la Resolución de 21 de junio de 2021, de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-05-05
- **Organismo:** Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Política Agraria Comunitaria.
- **Identificador oficial:** 2026060996
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2026-05-05/resolucion-24-abril-2026-direccion-general-politica-agraria-comunitaria-que-modifican-reglas-calculo-renta-unitaria-trabajo-Gxyqv8
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/840o/26060996.pdf

## Contenido

NÚMERO 84 17900 Martes 5 de mayo de 2026 CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE RESOLUCIÓN de 24 de abril de 2026, de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, por la que se modifican reglas de cálculo de la Renta Unitaria del Trabajo y se actualizan los módulos objetivos de valoración para la calificación de explotación agraria prioritaria establecidos en la Resolución de 21 de junio de 2021, de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria. (2026060996) El Decreto 57/2017, de 2 de mayo, sobre organización y funcionamiento del Registro de Explotaciones Agrarias (DOE núm. 86, de 8 de mayo), modificado por el Decreto 51/2021,de 26 de mayo (DOE núm. 101, de 28 de mayo), a través del apartado 2 de su artículo 29, atribuye a esta Dirección General la competencia para actualizar los módulos objetivos para la calificación de explotaciones agrarias prioritarias, mediante resolución que debe ser objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura. Mediante Resolución de 21 de junio de 2021, de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, se establecieron reglas de cálculo relativas a la calificación de explotación agraria prioritaria y agricultor y agricultora a título principal, con base a los artículos 38, 39.3, 33.3.b) y 41 del Decreto 57/2017, de 2 de mayo, sobre organización y funcionamiento del registro de Explotaciones Agrarias, modificado por el Decreto 51/2021, de 26 de mayo. Resulta necesario modificar, por una parte, las reglas de cálculo de la renta unitaria del trabajo y por otra parte, actualizar los módulos objetivos de valoración para la calificación de explotación agraria prioritaria establecidos en la Resolución de 21 de junio de 2021. En su virtud y en ejercicio de las competencias atribuidas, RESUELVO: Primero. Modificar la regla para cuantificar la mano de obra en los cálculos de la renta unitaria del trabajo. Se computará el número de unidades de trabajo agrario que corresponda en función de los módulos objetivos de valoración correspondientes a lo inscrito en el registro de explotaciones, dejando de ser necesario acreditar a partir de la tercera UTA. Este criterio será aplicado a las explotaciones familiares y otras cuyos titulares sean personas físicas, definidas en el artículo 4 de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de modernización de Explotaciones Agrarias, y a las explotaciones de titularidad compartida inscritas en el Registro Autonómico creado por Decreto 106/2016, de 19 de julio.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/840o/26060996.pdf
