# Resolución de 15 de mayo de 2026, de la Secretaría General, por la que se delega la competencia y la firma en diversas materias.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-05-20
- **Organismo:** Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Delegación De Competencias. Delegación De Firma.
- **Identificador oficial:** 2026061238
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2026-05-20/resolucion-15-mayo-2026-secretaria-general-que-delega-competencia-firma-diversas-materias-nEpJXb
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/950o/26061238.pdf

## Contenido

NÚMERO 95 Miércoles 20 de mayo de 2026 21663 RESOLUCIÓN de 15 de mayo de 2026, de la Secretaría General, por la que se delega la competencia y la firma en diversas materias. (2026061238) El Decreto de la Presidenta 11/2026, de 29 de abril (DOE n.º 82, de 30 de abril), ha modificado la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y crea las Vicepresidencias. En el mismo se atribuyen a la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes las competencias en materia de patrimonio y promoción cultural, turismo, y deportes. Mediante Decreto 18/2026, de 30 de abril (DOE n.º 83, de 4 de mayo) se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el que se determinan, con carácter general, el número, denominación y competencias de los órganos directivos que conforman la Presidencia de la Junta y las distintas Vicepresidencias y Consejerías, estableciéndose en su disposición adicional tercera que en los decretos de estructura orgánica de Presidencia y de las distintas Vicepresidencias y Consejerías de la Junta de Extremadura se detallarán, desarrollarán y complementarán las funciones asignadas a cada órgano Por todo lo expuesto, razones de eficacia, celeridad y coordinación en la gestión administrativa aconsejan la presente delegación de competencias y firma en los diferentes órganos administrativos de la Consejería. Por ello, de conformidad con lo establecido en los artículos 72, 73 y 76 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación con los artículos 9 y 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, RESUELVO: Primero. Delegar en los titulares de los órganos directivos de esta Consejería, en función de su ámbito material de gestión, la competencia para: 1. E n materia de subvenciones: − Resolver los procedimientos de concesión de subvenciones y autorizar, en su caso, su modificación. − Iniciar, instruir y resolver los procedimientos de comprobación de la adecuada justificación, realización de la actividad y cumplimiento de la finalidad así como el cumplimiento de las condiciones a que está sujeta la concesión.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/950o/26061238.pdf
