# Acuerdo de 26 de febrero de 2026, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la modificación n.º 3 del Plan General Municipal de Puebla de Obando para el cambio de los límites y la división de la unidad de actuación UA-1, de uso global industrial. También se amplía el ámbito del cementerio, clasificándose como sistema general de equipamientos.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-06-10
- **Organismo:** Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento.
- **Identificador oficial:** 2026AC0033
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2026-06-10/acuerdo-26-febrero-2026-comision-urbanismo-ordenacion-territorio-extremadura-aprobacion-definitiva-modificacion-no-3-plan-general-municipal-Gp49yv
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1100o/26AC0033.pdf

## Contenido

NÚMERO 110 Miércoles 10 de junio de 2026 24686 CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA ACUERDO de 26 de febrero de 2026, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la modificación n.º 3 del Plan General Municipal de Puebla de Obando para el cambio de los límites y la división de la unidad de actuación UA-1, de uso global industrial. También se amplía el ámbito del cementerio, clasificándose como sistema general de equipamientos. (2026AC0033) La Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, en adelante CUOTEX, en sesión celebrada el 26-02-2026, adoptó el siguiente acuerdo: I. ANTECEDENTES. El asunto de referencia se aprobó inicialmente en sesión del Pleno municipal de 31/03/20205 y, una vez sometido a información pública mediante publicación en el Diario Oficial de Extremadura de 08/04/2025 y en sede electrónica, sin haberse presentado alegaciones según certificado de la Secretaría municipal, se aprobó provisionalmente por primera vez el 29-12-2025. Posteriormente, el Pleno municipal celebrado el 26/02/2026 realizó una nueva aprobación provisional. Consta su sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental previsto en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que ha dado como resultado la formulación del informe ambiental estratégico el 08-04-2024. La Comisión de Coordinación Intersectorial, en su sesión de 31-07-2025, emitió el informe de coordinación intersectorial del expediente, constando en él los informes favorables, condicionados y de no afectación a sus intereses de los órganos sectoriales afectados. II. COMPETENCIA. Puebla de Obando no dispone de un plan general municipal adaptado a las determinaciones de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, en adelante LOTUS, por lo que es de aplicación el apartado 3 de su disposición transitoria segunda que establece que le corresponde a la Comunidad Autónoma la aprobación definitiva de las determinaciones de la ordenación estructural del planeamiento general y las de carácter detallado al municipio. A estos efectos, se entenderá por determinaciones de ordenación estructural y detallada las relacionadas en el artículo 45 de la LOTUS. La competencia para la aprobación definitiva

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1100o/26AC0033.pdf
