# Acuerdo de 27 de marzo de 2025, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la modificación puntual n.º 36 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Fregenal de la Sierra para cambiar el retranqueo a linderos para las construcciones en suelo no urbanizable protegido, pasando de 80m a 40m (artículo 106).

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-06-15
- **Organismo:** Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Normas Subsidiarias.
- **Identificador oficial:** 2026AC0035
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2026-06-15/acuerdo-27-marzo-2025-comision-urbanismo-ordenacion-territorio-extremadura-aprobacion-definitiva-modificacion-puntual-no-36-normas-n9v413
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1130o/26AC0035.pdf

## Contenido

NÚMERO 113 Lunes 15 de junio de 2026 25600 CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA ACUERDO de 27 de marzo de 2025, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la modificación puntual n.º 36 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Fregenal de la Sierra para cambiar el retranqueo a linderos para las construcciones en suelo no urbanizable protegido, pasando de 80m a 40m (artículo 106). (2026AC0035) La Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, en adelante CUOTEX, en sesión celebrada el 27/03/2025, adoptó el siguiente acuerdo: I. Antecedentes. El asunto de referencia se aprobó inicialmente en sesión del Pleno municipal de 02/10/2023 y, una vez sometido a información pública mediante publicación en el Diario Oficial de Extremadura de 25/10/2023 y en sede electrónica, sin haberse presentado alegaciones según certificado de la Secretaría municipal, se aprobó provisionalmente el 10/12/2024. Consta su sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental previsto en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que ha dado como resultado la formulación del informe ambiental estratégico el 10/06/2024. El expediente contiene los informes favorables, condicionados y de no afectación a sus intereses de los órganos sectoriales afectados. II. Competencia. Fregenal de la Sierra no dispone de una plan general municipal adaptado a las determinaciones de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, en adelante LOTUS, por lo que es de aplicación el apartado 3.f de su disposición transitoria segunda que, en la redacción dada por la Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial de Extremadura, establece que le corresponde a la Comunidad Autónoma la aprobación definitiva de las determinaciones de la ordenación estructural del planeamiento general y las de carácter detallado al municipio. A estos efectos se entenderá por determinaciones de ordenación estructural y detallada las relacionadas en el artículo 45 de la LOTUS. Cuando no sea posible deslindar las determinaciones de una y otra naturaleza, la competencia corresponderá a la Comunidad Autónoma.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1130o/26AC0035.pdf
