# Acuerdo de 27 de noviembre de 2025, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la modificación n.º 6 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Cañaveral para reducir la distancia de separación a linderos de las construcciones en el suelo no urbanizable genérico (artículo 189.6).

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-06-26
- **Organismo:** Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Normas Subsidiarias.
- **Identificador oficial:** 2026AC0038
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2026-06-26/acuerdo-27-noviembre-2025-comision-urbanismo-ordenacion-territorio-extremadura-aprobacion-definitiva-modificacion-no-6-normas-subsidiarias-nrpoaE
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1220o/26AC0038.pdf

## Contenido

NÚMERO 122 Viernes 26 de junio de 2026 27510 CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA ACUERDO de 27 de noviembre de 2025, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la modificación n.º 6 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Cañaveral para reducir la distancia de separación a linderos de las construcciones en el suelo no urbanizable genérico (artículo 189.6). (2026AC0038) La Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, en adelante CUOTEX, en sesión celebrada el 27/11/2025, adoptó el siguiente acuerdo sobre el asunto epigrafiado: I. Antecedentes. El asunto de referencia se aprobó inicialmente en sesión del Pleno municipal de 06/02/2025 y, una vez sometido a información pública mediante publicación en el Diario Oficial de Extremadura de 14/04/2025 y en sede electrónica, sin haberse presentado alegaciones según certificado de la Secretaría municipal, se aprobó provisionalmente el 30/09/2025. Consta su sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental previsto en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que ha dado como resultado la formulación del informe ambiental estratégico el 02/07/2024. El expediente contiene los informes favorables, condicionados y de no afectación a sus intereses de los órganos sectoriales afectados. II. Competencia. Cañaveral no dispone de un plan general municipal adaptado a las determinaciones de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, en adelante LOTUS, por lo que es de aplicación el apartado 3.f) de su disposición transitoria segunda que establece que le corresponde a la Comunidad Autónoma la aprobación definitiva de las modificaciones de la ordenación estructural del planeamiento general. A estos efectos, se entenderá por determinaciones de ordenación estructural las relacionadas en el artículo 45 de la LOTUS. La modificación que se tramita afecta a la ordenación y regulación del suelo rústico, por lo que, tratándose de una determinación de la ordenación estructural del municipio según el artículo 51.2 del Decreto 143/2001, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la LOTUS, en adelante RGLOTUS, corresponde la aprobación definitiva a la Comunidad Autónoma.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1220o/26AC0038.pdf
