# Anuncio de 24 de junio de 2026 por el que se somete a información pública complementaria la relación de bienes y derechos, así como sus propietarios afectados por las obras: "Ronda Sur de Badajoz. Tramo II: EX-310 - EX-107".

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-07-02
- **Organismo:** Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Información Pública. Expropiaciones.
- **Identificador oficial:** 2026081115
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2026-07-02/anuncio-24-junio-2026-que-somete-informacion-publica-complementaria-relacion-bienes-derechos-propietarios-afectados-obras-5Zgwdg
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1260o/26081115.pdf

## Contenido

NÚMERO 126 Jueves 2 de julio de 2026 28424 CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA ANUNCIO de 24 de junio de 2026 por el que se somete a información pública complementaria la relación de bienes y derechos, así como sus propietarios afectados por las obras: "Ronda Sur de Badajoz. Tramo II: EX-310 - EX107". (2026081115) Con fecha 22 de noviembre de 2022 se publicó en el DOE n.º 224, Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda, por la que se aprueba el expediente de información pública y, definitivamente, el proyecto de Trazado de la “Ronda Sur de Badajoz. Tramo II: EX-310 – EX-107”. Para la ejecución de dicho proyecto es necesario proceder a la expropiación de determinados bienes y derechos, cuya relación concreta de titulares fue sometida a información pública mediante Anuncio de 8 de octubre de 2024 (DOE n.º 209, de 25 de octubre de 2024), en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 18 y 19 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y concordantes de su Reglamento. Durante el plazo conferido al efecto se presentaron alegaciones, que fueron debidamente examinadas y contestadas, constando en el expediente administrativo certificación de lo actuado. No obstante, el procedimiento de expropiación forzosa no pudo iniciarse debido, fundamentalmente, a la falta de disponibilidad presupuestaria para la ejecución de la obra, lo que impidió la continuidad del expediente. Atendiendo a motivos de interés público y a la necesidad de impulsar la ejecución de la actuación proyectada, procede retomar el procedimiento expropiatorio, resultando necesario, a efectos de garantizar la adecuada identificación de los titulares afectados, someter a información pública complementaria la relación de bienes y derechos respecto de la/s finca/s en la/s que se ha constatado la existencia de cambios de titularidad, de conformidad con certificación catastral descriptiva y gráfica actualizada. El presente trámite tiene carácter complementario y limitado, circunscribiéndose a la actualización de la titularidad y demás extremos reflejados en el anexo al presente anuncio, y no implica la reapertura íntegra de la información pública previamente tramitada. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 18 y 19 de la Ley de Expropiación Forzosa, durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la última de las publicaciones legalmente exigidas del presente anuncio, al tratarse de un trámite de información pública de carácter unitario, cualquier persona podrá formular las alegaciones que estime oportunas, en particular para rectificar posibles errores existentes en la relación de bienes, derechos y titulares publicada; comunicar cualquier circunstancia relevante relativa a la titularidad de la finca, la existencia de cargas o gravámenes, la concurrencia de otros

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1260o/26081115.pdf
