# Anuncio de 30 de junio de 2026 sobre la caducidad de la Oferta de Empleo Público para 2023.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-07-07
- **Organismo:** Ayuntamiento De Segura De León. Oferta De Empleo Público.
- **Identificador oficial:** 2026081145
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2026-07-07/anuncio-30-junio-2026-caducidad-oferta-empleo-publico-2023-5lj7YJ
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1290o/26081145.pdf

## Contenido

NÚMERO 129 Martes 7 de julio de 2026 29148 AYUNTAMIENTO DE SEGURA DE LEÓN ANUNCIO de 30 de junio de 2026 sobre la caducidad de la Oferta de Empleo Público para 2023. (2026081145) Mediante Resolución de Alcaldía n.º 2026/0471 de fecha 30 de junio de 2026 de este Ayuntamiento se ha declarado la caducidad de la Oferta de Empleo Público para 2023, cuyo tenor literal es el siguiente: “RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Mediante Resolución de alcaldía número 253, de fecha 23 de mayo de 2023, se aprobó la Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio 2023, la cual fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 98, de 25 de mayo de 2023, y en el Diario Oficial de Extremadura n.º 104, de 1 de junio de 2023. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la ejecución de las ofertas de empleo público debe desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años. En consecuencia, el plazo máximo para la finalización de los procesos selectivos derivados de la OEP 2023 comenzó a computarse el día 1 de junio de 2023 y finaliza el día 1 de junio de 2026. Llegada dicha fecha sin que los procesos selectivos hayan comenzado, el incumplimiento del plazo legalmente establecido citada determina la imposibilidad de continuar con la ejecución de la oferta, produciéndose la consiguiente pérdida de eficacia de la misma respecto de las plazas que no hubieran sido cubiertas. El artículo 70.1 del TREBEP establece que las ofertas de empleo público deberán ejecutarse dentro del plazo improrrogable de tres años, de modo que el transcurso de dicho plazo sin haberse culminado los correspondientes procesos selectivos determina la caducidad de la oferta respecto de las plazas no cubiertas. El artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligación de la Administración de dictar resolución expresa en todos los procedimientos, cualquiera que sea su forma de iniciación. El artículo 25.1 de la Ley 39/2015 regula la caducidad de los procedimientos administrativos iniciados de oficio cuando, por causa imputable a la Administración, se produzca su paraliza-

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1290o/26081145.pdf
