# Orden de 6 de julio de 2026 por la que se modifican puntualmente las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la Consejería de Educación y Formación Profesional.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-07-09
- **Organismo:** Consejería De Hacienda, Administración Pública Y Diálogo Social. Relaciones De Puestos De Trabajo.
- **Identificador oficial:** 2026050085
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2026-07-09/orden-6-julio-2026-que-modifican-puntualmente-relaciones-puestos-trabajo-personal-funcionario-personal-laboral-consejeria-Gem7rW
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1310o/26050085.pdf

## Contenido

NÚMERO 131 Jueves 9 de julio de 2026 29377 CONSEJERÍA DE HACIENDA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DIÁLOGO SOCIAL ORDEN de 6 de julio de 2026 por la que se modifican puntualmente las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la Consejería de Educación y Formación Profesional. (2026050085) Las relaciones de puestos de trabajo (RPT) constituyen el instrumento técnico normalizado a través del cual las Administraciones Públicas ordenan, planifican, racionalizan y determinan la dotación de los recursos humanos de los que disponen para cumplir con la prestación de los servicios encomendados. Mediante ellas se precisan también los requisitos exigidos para el desempeño de cada puesto, así como sus características. El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece en su artículo 74 que “las Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias. Dichos instrumentos serán públicos”. En este mismo sentido, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura dispone en su artículo 33 que las relaciones de puestos de trabajo son el principal instrumento técnico mediante el cual las Administraciones Públicas ordenan sus puestos de trabajo, de acuerdo con los criterios de eficacia, eficiencia y racionalidad organizativa, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo. Conforme a lo dispuesto en el artículo segundo del Decreto de la Presidenta 11/2026, de 29 de abril, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se crean las Vicepresidencias, a la Consejería de Educación y Formación Profesional le corresponde ejercer las competencias en materia de política educativa y formación profesional, así como las de política universitaria. Para el desarrollo y ejecución de citadas competencias, contenidas en la nueva estructura orgánica de la Consejería de Educación y Formación Profesional, aprobada mediante Decreto 112/2026, de 26 de mayo, esta Consejería dispone de recursos de personal que se clasifican a través de las relaciones de puestos de trabajo, que constituyen el principal instrumento técnico de la Administración para la ordenación de sus puestos de trabajo. Dichas relaciones de puestos, sin perjuicio de la obligación de atenerse al principio de estabilidad presupuestaria y a la limitación que la norma presupuestaria impone al incremento de los gastos de personal,

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1310o/26050085.pdf
