# Orden de 7 de julio de 2026 por la que se modifica puntualmente la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Vicepresidencia y Consejería de Desregulación, Servicios Sociales y Familia.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-07-09
- **Organismo:** Consejería De Hacienda, Administración Pública Y Diálogo Social. Relaciones De Puestos De Trabajo.
- **Identificador oficial:** 2026050088
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2026-07-09/orden-7-julio-2026-que-modifica-puntualmente-relacion-puestos-trabajo-personal-funcionario-vicepresidencia-consejeria-desregulacion-servicios-5RPVwR
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1310o/26050088.pdf

## Contenido

NÚMERO 131 Jueves 9 de julio de 2026 29394 ORDEN de 7 de julio de 2026 por la que se modifica puntualmente la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Vicepresidencia y Consejería de Desregulación, Servicios Sociales y Familia. (2026050088) Las relaciones de puestos de trabajo (RPT) constituyen el instrumento técnico normalizado a través del cual las Administraciones Públicas ordenan, planifican, racionalizan y determinan la dotación de los recursos humanos de los que disponen para cumplir con la prestación de los servicios encomendados. Mediante ellas se precisan también los requisitos exigidos para el desempeño de cada puesto, así como sus características. El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece en su artículo 74 que “las Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias. Dichos instrumentos serán públicos”. En este mismo sentido, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura dispone en su artículo 33 que las relaciones de puestos de trabajo son el principal instrumento técnico mediante el cual las Administraciones Públicas ordenan sus puestos de trabajo, de acuerdo con los criterios de eficacia, eficiencia y racionalidad organizativa, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo. De conformidad con el artículo 2 del Decreto de la Presidenta 11/2026, de 29 de abril, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se crean las Vicepresidencias, a la Vicepresidencia y Consejería de Desregulación, Servicios Sociales y Familia le corresponde el análisis y detección de la existencia de trabas burocráticas y administrativas en aras a la proposición de las actuaciones y modificaciones pertinentes que conlleven a la simplificación de procedimientos y eliminación de duplicidades, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital. Le corresponde, igualmente, el estudio y análisis del destino y la utilidad de los recursos públicos, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Consejería de Hacienda, Administración Pública y Diálogo Social. Asimismo, ejercerá las competencias en materia de prestaciones y servicios sociales, infancia, incluidas las referidas a menores migrantes no acompañados, las de familia, las de juventud y las de cooperación internacional para el desarrollo Por Decreto 104/2026, de 26 de mayo, se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia y Consejería de Desregulación, Servicios Sociales y Familia.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1310o/26050088.pdf
