# Resolución de 30 de junio de 2026, de la Secretaría General de Empleo, de concesión de ayudas solicitadas al amparo del Decreto 39/2024, de 30 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento y consolidación del empleo autónomo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas de los Programas I, II, III, IV y V (DOE de 6 de junio de 2024. Núm. 109).

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-07-10
- **Organismo:** Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones.
- **Identificador oficial:** 2026061797
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2026-07-10/resolucion-30-junio-2026-secretaria-general-empleo-concesion-ayudas-solicitadas-amparo-decreto-392024-30-abril-que-5ljVWw
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1320o/26061797.pdf

## Contenido

NÚMERO 132 Viernes 10 de julio de 2026 29763 RESOLUCIÓN de 30 de junio de 2026, de la Secretaría General de Empleo, de concesión de ayudas solicitadas al amparo del Decreto 39/2024, de 30 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento y consolidación del empleo autónomo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas de los Programas I, II, III, IV y V (DOE de 6 de junio de 2024. Núm. 109). (2026061797) Vista la propuesta de resolución, se formula resolución en base a los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO Único. Las personas beneficiarias que se relacionan en el anexo de la presente resolución, solicitaron subvención por el Programa III “Tarifa Cero para nuevos autónomos” regulado por el Decreto 39/2024, de 30 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento y consolidación del empleo autónomo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero. La competencia para resolver el presente procedimiento corresponde a la persona que ejerza las funciones de la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño Público de Empleo a tenor de lo establecido en el artículo 11 del Decreto 39/2024, de 30 de abril. Dicha competencia se ejerce a través de la persona titular de la Secretaría General de Empleo conforme a lo establecido en el Decreto 18/2026, de 30 de abril (DOE núm. 83, de 4 de mayo) modificado por Decreto 89/2026, de 12 de mayo (DOE núm. 92, de 13 de mayo) por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Decreto 108/2026, de 26 de mayo (DOE núm. 105, de 3 de junio) por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y se modifica el Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo. Segundo. Queda acreditado expresamente que las personas solicitantes reúnen los requisitos exigidos en el Decreto 39/2024, de 30 de abril, en atención a las siguientes circunstancias concurrentes: — Solicitud instada durante la vigencia de la convocatoria aprobada dentro del plazo establecido en el artículo 9.1 del Decreto 39/2024, de 30 de abril. — A la fecha de alta en RETA o, en su caso en la mutualidad alternativa, las personass solicitantes tenían cumplidos dieciocho años, mantenían la condición de desempleados

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1320o/26061797.pdf
