# Resolución de 7 de julio de 2026, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca procedimiento para la constitución de listas de espera extraordinarias de determinadas especialidades de los cuerpos docentes no universitarios.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-07-16
- **Organismo:** Consejería De Educación Y Formación Profesional. Cuerpos Docentes. Lista De Espera.
- **Identificador oficial:** 2026061828
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2026-07-16/resolucion-7-julio-2026-direccion-general-personal-docente-que-convoca-procedimiento-constitucion-listas-espera-extraordinarias-determinadas-NyrYLO
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1360o/26061828.pdf

## Contenido

NÚMERO 136 Jueves 16 de julio de 2026 II 30233 AUTORIDADES Y PERSONAL 2. OPOSICIONES Y CONCURSOS CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL RESOLUCIÓN de 7 de julio de 2026, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca procedimiento para la constitución de listas de espera extraordinarias de determinadas especialidades de los cuerpos docentes no universitarios. (2026061828) El artículo 21.1 del Decreto 51/2019, de 30 de abril, por el que se regula la provisión interina de puestos de trabajo de personal docente no universitario de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 85, de 5 de mayo), establece que “en el supuesto de agotarse las listas ordinarias y las necesidades del sistema educativo así lo exijan, se procederá por la Dirección General de Personal Docente a la cobertura de las plazas con profesorado interino perteneciente a las correspondientes listas supletorias. En el caso de que estas resulten insuficientes para la cobertura de dichas necesidades se utilizarán las listas extraordinarias vigentes, listas ordinarias de especialidades afines y listas de otras Comunidades Autónomas”. Con objeto de que la Consejería de Educación y Formación Profesional disponga de aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad, previamente seleccionados, para la inmediata cobertura de puestos vacantes de los cuerpos docentes que puedan surgir a lo largo del curso escolar, en aquellas especialidades en las que es previsible el agotamiento de las listas de espera ordinaria y supletoria, se hace necesario disponer de listas de espera extraordinarias, o la renovación de las mismas. De conformidad con el artículo 151 de la Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, corresponde a la persona titular de la Consejería con competencias en materia de educación aprobar las convocatorias de ingreso en los cuerpos docentes y la provisión de puestos de trabajo por personal funcionario interino. No obstante, esa competencia se encuentra delegada en la Dirección General de Personal Docente por Resolución de 12 de mayo de 2026, de la Consejera de Educación y Formación Profesional (DOE núm. 92, de 15 de mayo). Por lo expuesto, y en virtud de la citada delegación de competencias, esta Dirección General de Personal Docente ha considerado necesario convocar procedimiento para la constitución de listas de espera extraordinarias, el cual se desarrollará de conformidad con las siguientes

## Fuente

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Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1360o/26061828.pdf
