# Anuncio de 17 de julio de 2026 por el que se da publicidad a las ayudas concedidas al amparo del Decreto 167/2024, de 26 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la contratación de gerentes para la dinamización comercial y de la Resolución de 1 de abril de 2026 por la que se aprueba la convocatoria para los ejercicios 2026-2029.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-07-24
- **Organismo:** Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Comercio. Ayudas.
- **Identificador oficial:** 2026081265
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2026-07-24/anuncio-17-julio-2026-que-da-publicidad-ayudas-concedidas-amparo-decreto-1672024-26-diciembre-que-nJPKXJ
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1420o/26081265.pdf

## Contenido

NÚMERO 142 Viernes 24 de julio de 2026 IV 31261 ANUNCIOS CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL ANUNCIO de 17 de julio de 2026 por el que se da publicidad a las ayudas concedidas al amparo del Decreto 167/2024, de 26 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la contratación de gerentes para la dinamización comercial y de la Resolución de 1 de abril de 2026 por la que se aprueba la convocatoria para los ejercicios 2026-2029. (2026081265) Mediante Decreto 167/2024, de 26 de diciembre, se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la contratación de gerentes para la dinamización comercial y se aprueba la primera convocatoria para el ejercicio 2025 (DOE n.º 15, de 23 de enero de 2025), posteriormente modificado por el Decreto 183/2025, de 16 de diciembre (DOE n.º 244, de 19 de diciembre de 2025). Por Resolución de 1 de abril de 2026, de la Secretaría General, se aprueba la convocatoria de las ayudas para la contratación de gerentes para la dinamización comercial para los ejercicios 2026-2029. El procedimiento para la concesión de estas subvenciones es el de régimen de concurrencia competitiva mediante convocatoria periódica. El artículo 20 del citado decreto, así como el resuelvo decimoséptimo de la convocatoria, establecen que la convocatoria y las subvenciones concedidas serán publicadas en el Diario Oficial de Extremadura, en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura y se remitirán a la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, los órganos administrativos concedentes publicarán en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida, finalidad o finalidades de la subvención, y de existir financiación con cargo a Fondos de la Unión Europea, las menciones de identificación y publicidad que se deriven de la normativa comunitaria que les sea de aplicación.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1420o/26081265.pdf
