# Resolución de 15 de julio de 2026, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del ejercicio 2026 para la financiación de la realización de proyectos del Programa de formación y empleo Pasarela Empresa.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-07-27
- **Organismo:** Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones.
- **Identificador oficial:** 2026061928
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2026-07-27/resolucion-15-julio-2026-secretaria-general-que-aprueba-convocatoria-subvenciones-ejercicio-2026-financiacion-realizacion-GpP06Z
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1430o/26061928.pdf

## Contenido

NÚMERO 143 Lunes 27 de julio de 2026 31316 SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO RESOLUCIÓN de 15 de julio de 2026, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del ejercicio 2026 para la financiación de la realización de proyectos del Programa de formación y empleo Pasarela Empresa. (2026061928) Las bases reguladoras de las ayudas convocadas mediante esta resolución están recogidas en el Decreto 126/2025, de 9 de septiembre (DOE n.º 187, de 29 de septiembre de 2025), por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la realización del Programa de formación y empleo Pasarela Empresa (Programa de Acciones Sectoriales de Aprendizaje y REcualificación LAboral en la Empresa) y su primera convocatoria. La finalidad de estas subvenciones consiste en proporcionar un itinerario formativo conducente a la obtención de un certificado profesional o contenidos autorizados por el Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE), para mejorar la empleabilidad de las personas desempleadas participantes y responder principalmente a las necesidades de las empresas de los sectores económicos estratégicos identificados en el Plan Director de Políticas Activas de Empleo para Extremadura 2024-2027, alternando el aprendizaje y la formación con un trabajo productivo en empresas relacionado con la formación recibida. La duración de los proyectos será de 10 meses, con una primera etapa de carácter formativo de iniciación y otra etapa de formación en alternancia con el trabajo. La duración de la primera etapa será de un mes, mientras que la segunda etapa tendrá una duración de nueve meses. Una vez transcurrido el tiempo de duración previsto en la correspondiente resolución aprobatoria se entenderá finalizado el proyecto. El artículo 20 del Decreto 126/2025, de 9 de septiembre, establece que el procedimiento de concesión de subvención procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concesión directa, mediante convocatoria abierta, según lo dispuesto en el artículo 22.2 y 29 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las solicitudes de subvención se tramitarán y resolverán por orden de presentación hasta el agotamiento del crédito disponible y el inicio del procedimiento, será de oficio por Resolución del titular de la secretaria general de la Consejería competente en materia de empleo. La resolución de convocatoria y su extracto serán publicados en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es ) y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index ), así como en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias). No obstante, la competencia se encuentra delegada en el Secretario General del Servicio

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1430o/26061928.pdf
