# Extracto de la Resolución de 22 de julio de 2026, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones del ejercicio 2026 de la Línea I a entidades promotoras de los proyectos del Programa de Formación y Empleo ESCALA.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-07-29
- **Organismo:** Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones.
- **Identificador oficial:** 2026061967
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2026-07-29/extracto-resolucion-22-julio-2026-que-aprueba-convocatoria-subvenciones-ejercicio-2026-linea-i-entidades-promotoras-Nyrzl1
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1450o/26061967.pdf

## Contenido

NÚMERO 145 Miércoles 29 de julio de 2026 31554 EXTRACTO de la Resolución de 22 de julio de 2026, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones del ejercicio 2026 de la Línea I a entidades promotoras de los proyectos del Programa de formación y empleo ESCALA. (2026061967) BDNS(Identif.): 921430 Primero. Objeto. Se convocan las subvenciones del ejercicio 2026 de la Línea I a entidades promotoras de los proyectos del Programa de formación y empleo ESCALA, previstas, en el capítulo I y c apítulo III del Decreto 55/2024, de 18 de junio, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa de formación y empleo ESCALA y la primera convocatoria a las entidades promotoras de los proyectos, modificado por Decreto 114/2025, de 2 de septiembre. Segundo. Beneficiarias. Las entidades locales, sus organismos autónomos y entidades con competencia en materia de promoción de empleo dependientes o asimiladas a las mismas cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales, que sean competentes para la ejecución de actividades de utilidad pública o interés social a ejecutar en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Las entidades indicadas en el párrafo anterior, previa conformidad con los municipios interesados, podrán presentar solicitudes de ayudas para efectuar proyectos de carácter supralocal. En este caso, las corporaciones locales que han prestado su conformidad no podrán presentar solicitud simultánea de forma independiente, ni prestar su conformidad a más de una solicitud, si lo hacen no se tendrá en cuenta su participación en ninguna de las solicitudes. En este caso, las entidades locales que formen parte de la agrupación, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarias, deberán formalizar un acuerdo, en el que se recojan los compromisos de ejecución asumidos por cada entidad miembro de la agrupación, así como, en su caso, el importe de subvención a aplicar por cada una de ellas. En dicho acuerdo se nombrará un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, correspondan a la agrupación y compromiso de no disolución, hasta transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 45 y 70 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo. Tercero. Bases reguladoras. Decreto 55/2024, de 18 de junio, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa de formación y empleo ESCALA y

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1450o/26061967.pdf
