# Extracto de la Resolución 10 de julio de 2026, de la Secretaría General, por la que se aprueba la segunda convocatoria de las subvenciones destinadas a la retirada de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto y la instalación de medidas de protección de caídas de altura en los centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-07-30
- **Organismo:** Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Seguridad Y Salud En El Trabajo. Subvenciones.
- **Identificador oficial:** 2026061919
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2026-07-30/extracto-resolucion-10-julio-2026-secretaria-general-que-aprueba-segunda-convocatoria-subvenciones-destinadas-retirada-cubiertas-GamkKy
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1460o/26061919.pdf

## Contenido

NÚMERO 146 Jueves 30 de julio de 2026 31827 EXTRACTO de la Resolución 10 de julio de 2026, de la Secretaría General, por la que se aprueba la segunda convocatoria de las subvenciones destinadas a la retirada de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto y la instalación de medidas de protección de caídas de altura en los centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026. (2026061919) BDNS(Identif.): 919732 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias), y en el presente Diario Oficial de Extremadura. Primero. Beneficiarios. Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas y las agrupaciones de personas físicas y jurídicas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, aun careciendo de personalidad jurídica, siempre que, cumplan los requisitos enumerados en el resuelvo tercero de esta convocatoria, tengan un mínimo de tres personas trabajadoras por cuenta ajena de media en los últimos doce meses, tengan actividad económica en la Comunidad Autónoma de Extremadura, realicen las inversiones objeto de subvención conforme a lo establecido en la presente convocatoria, en centros de trabajo situados en Extremadura, y sean propietarios/as o arrendatarios/as de los inmuebles donde se sitúen dichos centros de trabajo. Segundo. Objeto. Aprobar la segunda convocatoria correspondiente al ejercicio 2026, de las subvenciones destinadas a la retirada de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto y la instalación de medidas de protección de caídas de altura en los centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Tercero. Bases reguladoras. Decreto 49/2025, de 3 de junio, establece las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la retirada de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto y la instalación de medidas de protección de caídas de altura en los centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria (DOE núm. 117, de 19 de junio).

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1460o/26061919.pdf
