# Decreto 155/2026, de 28 de julio, por el que se modifica el Decreto 110/2022, de 22 de agosto, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria para la Comunidad Autónoma de Extremadura.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-08-03
- **Organismo:** Consejería De Educación Y Formación Profesional. Educación.
- **Identificador oficial:** 2026040196
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2026-08-03/decreto-1552026-28-julio-que-modifica-decreto-1102022-22-agosto-que-establecen-ordenacion-curriculo-5QPqLD
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1480o/26040196.pdf

## Contenido

NÚMERO 148 Lunes 3 de agosto de 2026 32249 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL DECRETO 155/2026, de 28 de julio, por el que se modifica el Decreto 110/2022, de 22 de agosto, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria para la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2026040196) El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, en su artículo 10.1.4, atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución española y las leyes orgánicas que lo desarrollen. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, introduce en la anterior redacción de la norma importantes cambios, muchos de ellos derivados, tal y como indica la propia ley en su exposición de motivos, de la conveniencia de revisar las medidas previstas en el texto original con objeto de adaptar el sistema educativo a los retos y desafíos del siglo XXI, de acuerdo con los objetivos fijados por la Unión Europea y la UNESCO para la década 2020/2030. Dentro del contexto extremeño, la Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, contempla como contenidos a incluir en el currículo, los relacionados con el patrimonio histó­ rico, natural y cultural de Extremadura a fin de que sea conocido y valorado por el alumnado. El Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las ense­ ñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria, regula en sus artículos 8 y 9 la orga­ nización de los cuatro cursos de la Educación Secundaria Obligatoria, estableciéndose en ellos las diferentes materias que el alumnado debe cursar en esta etapa. Entre estas materias, los alumnos y las alumnas podrán cursar alguna materia optativa de acuerdo con el marco que establezcan las administraciones educativas. El Decreto 110/2022, de 22 de agosto, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria para la Comunidad Autónoma de Extremadura regula entre otros aspectos los principios generales de la etapa, los objetivos, el currículo de las di­ ferentes materias que componen la organización de los diferentes cursos, la respuesta educa­ tiva a las diferencias individuales y la evaluación, promoción y titulación. En sus artículos 12 y 13 se establece la organización de los cuatro cursos de esta etapa, incluyendo las diferentes materias optativas que se pueden cursar a lo largo de la etapa, concretándose de esta manera el precepto legal que recoge sobre estas materias el Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1480o/26040196.pdf
