# Decreto 156/2026, de 28 de julio, por el que se modifica el Decreto 140/2012, de 13 de julio, por el que se establece el currículo de las enseñanzas elementales y profesionales de danza en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para incorporar la especialidad de danza española.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-08-03
- **Organismo:** Consejería De Educación Y Formación Profesional. Enseñanzas Artísticas.
- **Identificador oficial:** 2026040197
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2026-08-03/decreto-1562026-28-julio-que-modifica-decreto-1402012-13-julio-que-establece-curriculo-ensenanzas-elementales-Gq0bQY
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1480o/26040197.pdf

## Contenido

NÚMERO 148 Lunes 3 de agosto de 2026 32282 DECRETO 156/2026, de 28 de julio, por el que se modifica el Decreto 140/2012, de 13 de julio, por el que se establece el currículo de las enseñanzas elementales y profesionales de danza en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para incorporar la especialidad de danza española. (2026040197) El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en su redacción otorgada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia para el desarrollo normativo y la ejecución en materia educativa, en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades. El Decreto 140/2012, de 13 de julio, estableció el currículo de las enseñanzas elementales y profesionales de danza en la Comunidad Autónoma de Extremadura, dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que dedica su título I, capítulo VI, a las enseñanzas artísticas. Dicho decreto autonómico se fundamentó en el Real Decreto 85/2007, de 26 de enero, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas profesionales de danza reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación desarrollando en aquel momento únicamente la especialidad de danza clásica, por ser la única implantada en la comunidad autónoma. No obstante, el citado Real Decreto 85/2007, de 26 de enero, establece, en su artículo 4, cuatro especialidades de las enseñanzas profesionales de danza: baile flamenco, danza clásica, danza contemporánea y danza española. Entre ellas, la especialidad de danza española integra, de manera inherente, los conocimientos técnicos, estilísticos y artísticos vinculados al flamenco, tal y como se refleja en la propia configuración de sus asignaturas y perfiles formativos. En este contexto, la presente modificación del Decreto 140/2012, de 13 de julio, responde a la necesidad de ampliar y actualizar la oferta formativa en danza en la Comunidad Autónoma de Extremadura, incorporando la especialidad de danza española, con especial atención al perfil flamenco en los últimos cursos de las enseñanzas profesionales. Esta incorporación permite dar respuesta a una demanda social y educativa creciente, así como a la evolución experimentada por el flamenco como manifestación artística viva, en permanente diálogo con otras disciplinas escénicas y con una creciente proyección cultural y profesional. El baile flamenco, cuya génesis profesional se remonta al siglo XIX, ha experimentado una notable evolución tanto en sus formas expresivas como en su difusión, consolidándose como uno de los elementos más representativos del patrimonio cultural español y como una referencia imprescindible en las nuevas estéticas de las artes escénicas. Su integración en el marco de la danza española, a través de un perfil específico garantiza una formación rigurosa, coherente y ajustada a los aspectos básicos del currículo establecidos por la normativa estatal.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1480o/26040197.pdf
