# Resolución de 22 de julio de 2026, de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, por la que se convocan las subvenciones para la redacción y tramitación de Planes Generales Municipales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondientes al año 2026.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-08-06
- **Organismo:** Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. Subvenciones.
- **Identificador oficial:** 2026061962
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2026-08-06/resolucion-22-julio-2026-direccion-general-urbanismo-ordenacion-territorio-agenda-urbana-que-convocan-subvenciones-redaccion-nm9Jdb
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1510o/26061962.pdf

## Contenido

NÚMERO 151 Jueves 6 de agosto de 2026 34498 CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA RESOLUCIÓN de 22 de julio de 2026, de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, por la que se convocan las subvenciones para la redacción y tramitación de Planes Generales Municipales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondientes al año 2026. (2026061962) El artículo 9.1.31 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, aprobado por Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, atribuye competencias exclusivas a la Comunidad Autónoma en materia de “Urbanismo y Vivienda. Normas de calidad e innovación tecnológica en la edificación y de conservación del patrimonio urbano tradicional”. Asimismo, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, atribuye a los municipios competencias propias en materia urbanística, en los términos previstos en su artículo 25.2. El urbanismo es, por tanto, un campo en el que coexisten competencias asumidas como pro­ pias por la Administración Autonómica y por las entidades locales. Por su parte, el artículo 2 del Decreto de la Presidenta 11/2026, de 29 de abril, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se crean las Vicepresiden­ cias (DOE n.º 82, de 30 de abril), atribuye a la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda el ejercicio de, entre otras, las competencias en materia de urbanismo y ordenación del territorio, ejerciendo tales funciones en la materia, a través de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, conforme a lo dispuesto en el Decreto 113/2026, de 26 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de dicha Consejería (DOE n.º 105, de 3 de junio). La ayuda objeto de la presente convocatoria se encuentra regulada mediante Orden de 12 de marzo de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subven­ ciones para la redacción y tramitación de Planes Generales Municipales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la cuales fueron publicadas en el Diario Oficial de Extremadura n.º 59, de 25 de marzo. El artículo 4 de dicha orden dispone que las ayudas previstas se concederán por el procedi­ miento de concesión directa, mediante convocatoria abierta, de conformidad con los artículos

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1510o/26061962.pdf
