# Resolución de 17 de julio de 2026, de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de construcción de un sondeo para el aprovechamiento de aguas subterráneas, en el término municipal de Villanueva de la Vera (Cáceres), promovido por D.ª Gabriela Palatchi Gallardo. Expte.: IA25/0105.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-08-10
- **Organismo:** Consejería De Industria, Energía, Ciencia Y Territorio. Impacto Ambiental.
- **Identificador oficial:** 2026062065
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2026-08-10/resolucion-17-julio-2026-direccion-general-gestion-sostenible-politica-forestal-que-formula-informe-impacto-ambiental-proyecto-construccion-5OPkxl
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1530o/26062065.pdf

## Contenido

NÚMERO 153 Lunes 10 de agosto de 2026 35124 RESOLUCIÓN de 17 de julio de 2026, de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de construcción de un sondeo para el aprovechamiento de aguas subterráneas, en el término municipal de Villanueva de la Vera (Cáceres), promovido por D.ª Gabriela Palatchi Gallardo. Expte.: IA25/0105 (2026062065) La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª de sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente. El proyecto de ejecución de un pozo de sondeo para captación de aguas subterráneas es encuadrable en el grupo 3) “Perforaciones, dragados y otras instalaciones mineras e industriales”, letra a) “Perforaciones profundas, con excepción de las perforaciones para investigar la estabilidad o la estratigrafía de los suelos y el subsuelo”, apartado 3.º “Perforaciones para el abastecimiento de aguas”, del anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Promueve el proyecto D.ª Gabriela Palatchi Gallardo. Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al proyecto, la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.6 del Decreto 18/2026, de 30 de abril, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. 1. O bjeto, descripción y localización del proyecto. El proyecto consiste en la ejecución un sondeo para el aprovechamiento de aguas subterráneas localizado en la parcela 319 del polígono 3, referencia catastral 10216A003003190000FJ, del término municipal de Villanueva de la Vera (Cáceres). El uso previsto es doméstico y riego, con un consumo estimado en 5.200 metros cúbicos anuales. Las características del sondeo son: — Perforación a rotopercusión.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1530o/26062065.pdf
