# Resolución de 27 de julio de 2026, de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de mejora y puesta en riego por goteo de 12,7977 ha de olivar ubicado en el paraje "Guadalperales" del polígono 28, parcelas 23, 24 y 25, en el término municipal de Acedera (Badajoz), cuyo promotor es José Bernal Moreno. Expte.: IA24/1094.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-08-10
- **Organismo:** Consejería De Industria, Energía, Ciencia Y Territorio. Impacto Ambiental.
- **Identificador oficial:** 2026062078
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2026-08-10/resolucion-27-julio-2026-direccion-general-gestion-sostenible-politica-forestal-que-formula-declaracion-impacto-ambiental-proyecto-mejora-NgmD3Z
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1530o/26062078.pdf

## Contenido

NÚMERO 153 Lunes 10 de agosto de 2026 35288 RESOLUCIÓN de 27 de julio de 2026, de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de mejora y puesta en riego por goteo de 12,7977 ha de olivar ubicado en el paraje "Guadalperales" del polígono 28, parcelas 23, 24 y 25, en el término municipal de Acedera (Badajoz), cuyo promotor es José Bernal Moreno. Expte.: IA24/1094. (2026062078) El proyecto de mejora y puesta en riego por goteo de 12,7977 ha de olivar ubicado en el paraje “Guadalperales” del polígono 28 parcelas 23, 24 y 25 en el término municipal de Acedera (Badajoz), pertenece al grupo 9 “Otros proyectos” epígrafe a) “Proyectos cuando se desarrollen en Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas” del Real Decreto 445/2023, de 13 de junio, por el que se modifican los anexos I, II y III de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre. En dicha normativa se establece la obligación de formular declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización, o en su caso, autorización de las obras, instalaciones o actividades comprendidas en el citado anexo. El presente informe analiza los principales elementos considerados en la evaluación ambiental practicada: el estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) y el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas. A. Identificación del promotor, del órgano sustantivo y descripción del proyecto. A.1 Promotor y órgano sustantivo del proyecto. El promotor del proyecto es José Bernal Moreno La autorización administrativa para la concesión de aguas para riego corresponde a la Confederación Hidrográfica del Guadiana. Por otra parte, a la Dirección General de Regadíos e Infraestructuras Rurales de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural de la Junta de Extremadura, le corresponde la planificación de los recursos hidráulicos con interés agrario, dentro del ámbito de las competencias propio de la Comunidad Autónoma. También las competencias derivadas de la aplicación de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, en relación con las actuaciones en materia de regadíos. A.2 Localización y descripción del proyecto. La zona de actuación se ubica en la finca “Guadalperales”, localizada en el polígono 28 parcelas 23,24 y 25, del término municipal de Acedera, a unos 5 km de dicho término municipal y unos 500 metros de Los Guadalperales. Ambas localidades pertenecen a la provincia de Badajoz.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1530o/26062078.pdf
