# Resolución de 27 de julio de 2026, de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Consolidación de la concesión de aguas superficiales del río Guadiana (Canal de Lobón) finca El Escobar", cuya promotora es Escobar, SCL, en el término municipal de Mérida (Badajoz). Expte.: IA23/0034.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-08-10
- **Organismo:** Consejería De Industria, Energía, Ciencia Y Territorio. Impacto Ambiental.
- **Identificador oficial:** 2026062076
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2026-08-10/resolucion-27-julio-2026-direccion-general-gestion-sostenible-politica-forestal-que-formula-informe-impacto-ambiental-proyecto-consolidacion-Gk9QZz
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1530o/26062076.pdf

## Contenido

NÚMERO 153 Lunes 10 de agosto de 2026 35264 RESOLUCIÓN de 27 de julio de 2026, de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Consolidación de la concesión de aguas superficiales del río Guadiana (Canal de Lobón) finca El Escobar", cuya promotora es Escobar, SCL, en el término municipal de Mérida (Badajoz). Expte.: IA23/0034. (2026062076) La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª de sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente. El proyecto “Consolidación de la concesión de aguas superficiales del río Guadiana (Canal de Lobón) finca El Escobar”, ocupando una superficie de 40 ha, ubicado en las parcelas 129, 354, 355 y 429 del polígono 78, del término municipal de Mérida (Badajoz), se encuadra en el grupo I “Agricultura, silvicultura, acuicultura y ganadería”, epígrafe c) “Proyectos de transformación, ampliación o consolidación de regadíos de 10 o más hectáreas; así como los comprendidos entre 1 ha y 10 ha que cumplan alguno de los criterios generales, o que ocupen cauces o humedales permanentes o estacionales representados en el mapa Instituto Geográfico Nacional (IGN) a escala 1:25.000, o se desarrollen en zonas con niveles de erosión hídrica >10 t/ ha*año (Inventario Nacional de Erosión de Suelos, INES), del anexo II de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, y por ello incluido en el anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al proyecto la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.c) del Decreto 107/2026, de 26 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio. Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes: 1. O bjeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo El objeto del proyecto es la consolidación de una concesión de aguas superficiales, en la finca “El Escobar”, con destino a riego, mediante actuaciones de modernización en la toma de agua en el Canal de Lobón.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1530o/26062076.pdf
