# Resolución de 27 de julio de 2026, de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Aprovechamiento del recurso de la Sección A) de la Ley de Minas, denominada "La Bazagona IV", n.º 10A00648-00, en el término municipal de Malpartida de Plasencia (Cáceres)", cuya promotora es Tiétar Bazagona Áridos y Transportes, SL. Expte.: IA24/1659.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-08-12
- **Organismo:** Consejería De Industria, Energía, Ciencia Y Territorio. Impacto Ambiental.
- **Identificador oficial:** 2026062113
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2026-08-12/resolucion-27-julio-2026-direccion-general-gestion-sostenible-politica-forestal-que-formula-declaracion-impacto-ambiental-proyecto-aprovechamiento-nwxdQl
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1550o/26062113.pdf

## Contenido

NÚMERO 155 Miércoles 12 de agosto de 2026 36180 RESOLUCIÓN de 27 de julio de 2026, de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Aprovechamiento del recurso de la Sección A) de la Ley de Minas, denominada "La Bazagona IV", n.º 10A00648-00, en el término municipal de Malpartida de Plasencia (Cáceres)", cuya promotora es Tiétar Bazagona Áridos y Transportes, SL. Expte.: IA24/1659. (2026062113) El proyecto al que se refiere la presente declaración de impacto ambiental se encuentra comprendido en el grupo 2 (“Industria extractiva”), epígrafe a), del anexo IV de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En dicha normativa se establece la obligación de formular declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización, o en su caso, autorización de las obras, instalaciones o actividades comprendidas su anexo IV. Es órgano competente para la formulación de la Declaración de Impacto Ambiental relativo al proyecto, la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.6 del Decreto 18/2026, de 30 de abril, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA), el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas, así como información complementaria aportada por la promotorar. A) Identificación del promotor, del órgano sustantivo y descripción del proyecto. A.1 Promotor y órgano sustantivo. La promotora del proyecto es Tiétar Bazagona Áridos y Transportes, SL, con CIF B10185197 y domicilio social en la calle Ramos Collazo. Portal B, Bajo D de Plasencia (Cáceres). El órgano sustantivo competente para resolver sobre la autorización administrativa del recurso de la Sección A ), así como para autorizar el plan de restauración es la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio. A.2 Localización y descripción del proyecto. El objetivo del proyecto es el aprovechamiento a cielo abierto de un recurso de la Sección A) de la Ley de Minas, para la extracción de áridos durante un periodo de 12 años, incluida la restauración.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1550o/26062113.pdf
