# Resolución de 28 de julio de 2026, de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, por la que se formula valoración ambiental sobre la modificación del proyecto de fábrica de conservas de tomates, en el término municipal de Don Benito. Expte.: IA26/0001.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-08-12
- **Organismo:** Consejería De Industria, Energía, Ciencia Y Territorio. Impacto Ambiental.
- **Identificador oficial:** 2026062107
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2026-08-12/resolucion-28-julio-2026-direccion-general-gestion-sostenible-politica-forestal-que-formula-valoracion-ambiental-modificacion-proyecto-nJPoXq
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1550o/26062107.pdf

## Contenido

NÚMERO 155 Miércoles 12 de agosto de 2026 36239 RESOLUCIÓN de 28 de julio de 2026, de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, por la que se formula valoración ambiental sobre la modificación del proyecto de fábrica de conservas de tomates, en el término municipal de Don Benito. Expte.: IA26/0001. (2026062107) ANTECEDENTES DE HECHO Primero. Mediante Resolución de 7 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Soste­ nibilidad, se formula declaración de impacto ambiental de la fábrica de conservas vegetales, en el término municipal de Don Benito, siendo la promotora Pronat, SC. Expte.: IA21/1298. Publicada en DOE n.º 219, de 15 de noviembre de 2022. Segundo. El objeto del proyecto, tal y como se describía en la declaración de impacto ambien­ tal con Resolución de 7 de noviembre de 2022, consiste en la instala­ción y puesta en marcha de una fábrica de conservas vegetales. En definitiva, se dedica a la transformación, enva­sado y comercialización del tomate, a partir de tomate fresco y en menor medida a la transforma­ ción de otros vegetales. Tercero. La actividad se ubica en el polígono industrial San Isidro, parcela 3-4 del término municipal de Don Benito (Badajoz). Cuarto. Con fecha 4 de diciembre de 2025, se recibe en la Dirección General de Sostenibi­ lidad, documentación presentada por la promotora, relativa a la modificación del proyecto inicialmente sometido a evaluación de impacto ambiental ordinaria, dándose así cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 86.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadu­ra, que establece que “Los promotores que preten­ dan introducir modificaciones de proyectos incluidos en el anexo IV, deberán presentar ante el órgano ambiental un documento ambiental con el contenido recogido en el artículo 74.1 de la presente ley”. La modificación propuesta comprende las siguientes actuaciones: — Instalación de una nave de procesado de salsas en latas con una superficie de 4.725 m2. En el interior de esta nave se pretende instalar un laboratorio, así como unos aseos, un comedor y una cocina industrial de 486 m2 para la elaboración de las salsas para las latas. — Ampliación de la depuradora. Nueva balsa de oxidación de 50 metros de diámetro tal y como la que ya existe en la industria, la cual ocupará una superficie de 2.034,82 m2 con la finalidad mejorar la calidad de la depuración de aguas de proceso, y obtener así unos parámetros de vertidos que garanticen los parámetros de referencia.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1550o/26062107.pdf
