# Resolución de 24 de agosto de 2026, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a las subvenciones destinadas a municipios y a entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura para afrontar la reparación de los daños causados por las abundantes lluvias acontecidas en el mes de marzo de 2025, reguladas por el Decreto 22/2025, de 3 de abril (DOE extraordinario n.º 1, de 5 de abril).

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-08-31
- **Organismo:** Vicepresidencia Y Consejería De Presidencia, Coordinación De La Acción De Gobierno, Interior Y Emergencias. Entidades Locales. Subvenciones.
- **Identificador oficial:** 2026062204
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2026-08-31/resolucion-24-agosto-2026-secretaria-general-que-da-publicidad-subvenciones-destinadas-municipios-entidades-locales-menores-nJPZEW
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1680o/26062204.pdf

## Contenido

NÚMERO 168 Lunes 31 de agosto de 2026 III 37736 OTRAS RESOLUCIONES VICEPRESIDENCIA Y CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, COORDINACIÓN DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO, INTERIOR Y EMERGENCIAS RESOLUCIÓN de 24 de agosto de 2026, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a las subvenciones destinadas a municipios y a entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura para afrontar la reparación de los daños causados por las abundantes lluvias acontecidas en el mes de marzo de 2025, reguladas por el Decreto 22/2025, de 3 de abril (DOE extraordinario n.º 1, de 5 de abril). (2026062204) El Decreto 22/2025, de 3 de abril, establece las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a municipios y a entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura para afrontar la reparación de los daños causados por las abundantes lluvias acontecidas en el mes de marzo de 2025, y se aprueba la convocatoria única. Mediante este decreto, se regula la concesión de ayudas, en régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta y única, destinadas a municipios y a entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura para afrontar la reparación de los daños causados por las abundantes lluvias acontecidas en el mes de marzo de 2025. La ayuda asignada a cada entidad local beneficiaria se destinará a la realización de las actuaciones necesarias para afrontar la situación de emergencia derivada de las lluvias acaecidas en el mes de marzo de 2025 que han supuesto la imposibilidad o merma en la prestación y funcionamiento de los servicios públicos de su competencia, garantizando de esta forma una adecuada asistencia de estos, además de contribuir en la satisfacción de las necesidades de sus habitantes. Por su parte, el apartado 1 del artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispone que los órganos administrativos concedentes publicarán en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida, finalidad o finalidades de la subvención. Igualmente, atendiendo a lo previsto en el artículo 11.1 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, las subvenciones concedidas fuera de los procedimientos de concurrencia competitiva deberán publicarse en el Portal electrónico de Transparencia de la Junta de Extremadura. En cumplimiento de este mandato y en ejercicio de sus competencias propias en materia de concesión subvenciones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, esta Secretaría General,

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1680o/26062204.pdf
