# Resolución de 29 de julio de 2026, de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de transformación a regadío de 12,0769 ha de olivar y cerezos (9,9132 de olivar y 2,1637 de cerezos) a ejecutar en el polígono 3, parcelas 1789, 1790, 1800 y 1842, del término municipal de Caminomorisco (Cáceres), cuyo promotor es D. Luis Eduardo Martín Hernández. Expte.: IA24/0430.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-09-02
- **Organismo:** Consejería De Industria, Energía, Ciencia Y Territorio. Impacto Ambiental.
- **Identificador oficial:** 2026062217
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2026-09-02/resolucion-29-julio-2026-direccion-general-gestion-sostenible-politica-forestal-que-formula-informe-impacto-ambiental-proyecto-transformacion-Gq0zDp
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1700o/26062217.pdf

## Contenido

NÚMERO 170 Miércoles 2 de septiembre de 2026 III 38146 OTRAS RESOLUCIONES CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA, CIENCIA Y TERRITORIO RESOLUCIÓN de 29 de julio de 2026, de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de transformación a regadío de 12,0769 ha de olivar y cerezos (9,9132 de olivar y 2,1637 de cerezos) a ejecutar en el polígono 3, parcelas 1789, 1790, 1800 y 1842, del término municipal de Caminomorisco (Cáceres), cuyo promotor es D. Luis Eduardo Martín Hernández. Expte.: IA24/0430. (2026062217) La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª de sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente. El proyecto de transformación a regadío de 12,0769 ha de olivar y cerezos (9,9132 de olivar y 2,1637 de cerezos) a ejecutar en el polígono 3, parcelas 1789, 1790, 1800 y 1842 del término municipal de Caminomorisco (Cáceres), es encuadrable en el grupo 1, apartado d), punto 2.º, del anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el grupo I, apartado c), punto 1.º, de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental “Proyectos de transformación, ampliación o consolidación de regadíos de 10 o más hectáreas”. El promotor del proyecto es Luis Eduardo Martín Hernández. Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al proyecto, la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.6 del Decreto 18/2026, de 30 de abril, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes: 1. O bjeto, descripción y localización del proyecto.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1700o/26062217.pdf
