# Resolución de 24 de agosto de 2026, de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, por la que se formula declaración de impacto ambiental al proyecto de cebadero de terneros, en el término municipal de Arroyomolinos (Cáceres), cuya promotora es Ganados Romivic, SLU. Expte.: IA23/1961.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-09-03
- **Organismo:** Consejería De Industria, Energía, Ciencia Y Territorio. Impacto Ambiental.
- **Identificador oficial:** 2026062226
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2026-09-03/resolucion-24-agosto-2026-direccion-general-gestion-sostenible-politica-forestal-que-formula-declaracion-impacto-ambiental-proyecto-cebadero-N166X4
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1710o/26062226.pdf

## Contenido

NÚMERO 171 Jueves 3 de septiembre de 2026 38252 RESOLUCIÓN de 24 de agosto de 2026, de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, por la que se formula declaración de impacto ambiental al proyecto de cebadero de terneros, en el término municipal de Arroyomolinos (Cáceres), cuya promotora es Ganados Romivic, SLU. Expte.: IA23/1961. (2026062226) Es órgano competente para el dictado de la presente resolución la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de conformidad con el artículo 17.6, del Decreto 18/2026, de 30 de abril, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El proyecto de cebadero de terneros pertenece al grupo 1 “Silvicultura, agricultura, ganadería y acuicultura”, epígrafe d), del anexo IV, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En dicha normativa se establece la obligación de formular declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización, o en su caso, autorización de las obras, instalaciones o actividades comprendidas en el citado anexo. La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA), el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas, así como información complementaria aportada por la promotora. A) Identificación del promotor, del órgano sustantivo y descripción del proyecto. A.1. Promotora y órgano sustantivo del proyecto. La promotora del proyecto de cebadero de terneros en régimen intensivo es Ganados Romivic, SLU, con CIF B-10325843 y domicilio social en Arroyomolinos (Cáceres). Actúa como órgano sustantivo la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio. A.2. Localización y descripción del proyecto. Las actuaciones finalmente proyectadas tras el proceso de evaluación, objeto de la presente declaración de impacto ambiental, son las siguientes:

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1710o/26062226.pdf
