# Resolución de 24 de agosto de 2026, de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de mejora y cambio de 17,9714 ha de cultivos herbáceos a olivar con riego por goteo, en el paraje "La Copa", a ubicar en el polígono 18, parcela 420, del término municipal de Logrosán (Cáceres), y cuyo promotor es José Luis Guerrero Ojeda. Expte.: IA24/1123.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-09-03
- **Organismo:** Consejería De Industria, Energía, Ciencia Y Territorio. Impacto Ambiental.
- **Identificador oficial:** 2026062228
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2026-09-03/resolucion-24-agosto-2026-direccion-general-gestion-sostenible-politica-forestal-que-formula-declaracion-impacto-ambiental-proyecto-mejora-5ljjAJ
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1710o/26062228.pdf

## Contenido

NÚMERO 171 Jueves 3 de septiembre de 2026 38284 RESOLUCIÓN de 24 de agosto de 2026, de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de mejora y cambio de 17,9714 ha de cultivos herbáceos a olivar con riego por goteo, en el paraje "La Copa", a ubicar en el polígono 18, parcela 420, del término municipal de Logrosán (Cáceres), y cuyo promotor es José Luis Guerrero Ojeda. Expte.: IA24/1123. (2026062228) El proyecto de mejora y cambio de 17,9714 ha de cultivos herbáceos a olivar con riego por goteo, en el paraje “La Copa”, a ubicar en el polígono 18, parcela 420, del término municipal de Logrosán (Cáceres), pertenece al grupo 9 “Otros proyectos”, epígrafe a) “Proyectos cuando se desarrollen en Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas”, del Real Decreto 445/2023, de 13 de junio, por el que se modifican los anexos I, II y III de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre. En dicha normativa se establece la obligación de formular declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización, o en su caso, autorización de las obras, instalaciones o actividades comprendidas en el citado anexo. El presente informe analiza los principales elementos considerados en la evaluación ambiental practicada: el estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) y el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas. A. Identificación del promotor, del órgano sustantivo y descripción del proyecto. A.1 Promotor y órgano sustantivo del proyecto. El promotor del proyecto es José Luis Guerrero Ojeda. La autorización administrativa para la concesión de aguas para riego corresponde a la Confederación Hidrográfica del Guadiana. Por otra parte, a la Dirección General de Regadíos e Infraestructuras Rurales de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural de la Junta de Extremadura, le corresponde la planificación de los recursos hidráulicos con interés agrario, dentro del ámbito de las competencias propio de la Comunidad Autónoma. También las competencias derivadas de la aplicación de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, en relación con las actuaciones en materia de regadíos. A.2 Localización y descripción del proyecto. La zona de actuación se ubica en la finca “La Copa”, localizada en el polígono 18, parcela 420, del término municipal de Logrosán (Cáceres), a unos 16 km del término municipal de Logrosán (Cáceres) y unos 9 Km del término municipal de Obando (Badajoz).

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1710o/26062228.pdf
