# Resolución de 26 de agosto de 2026, de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de cambio de cultivo de superficie forestal a agrícola, cuyo promotor es David Martín Soleto, en el término municipal de Romangordo (Cáceres). Expte.: IA25/0456.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-09-04
- **Organismo:** Consejería De Industria, Energía, Ciencia Y Territorio. Impacto Ambiental.
- **Identificador oficial:** 2026062232
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2026-09-04/resolucion-26-agosto-2026-direccion-general-gestion-sostenible-politica-forestal-que-formula-informe-impacto-ambiental-proyecto-cambio-5QP11v
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1720o/26062232.pdf

## Contenido

NÚMERO 172 Viernes 4 de septiembre de 2026 38435 RESOLUCIÓN de 26 de agosto de 2026, de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de cambio de cultivo de superficie forestal a agrícola, cuyo promotor es David Martín Soleto, en el término municipal de Romangordo (Cáceres). Expte.: IA25/0456. (2026062232) La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª de sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente. El proyecto de cambio de cultivo de superficie forestal a agrícola, a ejecutar dentro de la parcela 277 del polígono 3 del término municipal de Romangordo (Cáceres), se encuentra en el ámbito de la evaluación de impacto ambiental simplificada por estar incluido en el anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el anexo II, grupo 1, d), del Real Decreto 445/2023, de 13 de junio, por el que se modifican los anexos I, II y III de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, estando por ello sometido a evaluación ambiental simplificada. El promotor del proyecto es David Martín Soleto. El órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al proyecto es la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.6 del Decreto 18/2026, de 30 de abril, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Por otra parte, a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural, le corresponde autorizar el cambio de uso de suelo forestal a cultivos agrícolas en base al Decreto 57/2018 que los regula en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes: 1. O bjeto, descripción y localización del proyecto. La zona de actuación donde se pretende realizar el presente proyecto, situada en el término municipal de Romangordo (Cáceres), se encuentra actualmente de pastizal y matorral. Se pretende implantar un cultivo de olivar en secano, con el objetivo de aumentar la rentabilidad de la explotación.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1720o/26062232.pdf
