# Orden de 14 de septiembre de 2026, de la Consejera de Educación y Formación Profesional y del Consejero de Economía, Empleo y Transformación Digital, por la que se determina la Presidencia y la Vicepresidencia y se nombra a los representantes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el Consejo de Formación Profesional de Extremadura.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-09-23
- **Organismo:** Consejería De Educación Y Formación Profesional. Ceses. Nombramientos.
- **Identificador oficial:** 2026050105
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2026-09-23/orden-14-septiembre-2026-consejera-educacion-formacion-profesional-consejero-economia-empleo-transformacion-digital-que-determina-no9ArZ
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1840o/26050105.pdf

## Contenido

NÚMERO 184 Miércoles 23 de septiembre de 2026 II 40216 AUTORIDADES Y PERSONAL 1. NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL ORDEN de 14 de septiembre de 2026, de la Consejera de Educación y Formación Profesional y del Consejero de Economía, Empleo y Transformación Digital, por la que se determina la Presidencia y la Vicepresidencia y se nombra a los representantes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el Consejo de Formación Profesional de Extremadura. (2026050105) El Consejo de Formación Profesional de Extremadura se crea y regula según el Decreto 75/2001, de 29 de mayo, como órgano consultivo y de asesoramiento, tripartito, compuesto por las organizaciones sindicales y empresariales más representativas del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y las Consejerías implicadas en la formación profesional. Por su parte, mediante Orden 16 abril de 2022, se aprobó su Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo de Formación Profesional de Extremadura. En el artículo 14 de la citada Orden se recoge que cada cuatro años se producirá la renovación de la composición del Consejo, teniendo en cuenta para ello las modificaciones que se hubieran producido en cuanto a la representatividad en sus correspondientes ámbitos territoriales de las organizaciones empresariales y sindicales. El nombramiento, renovación o cese de representantes de la Administración, así como de sus suplentes, se realizará mediante Orden conjunta de las Consejerías con competencias en materia de educación y empleo y los demás miembros del Consejo serán nombrados, renovados y cesados por la Presidencia del Consejo, a propuesta de las organizaciones empresariales y sindicales a las que representan. Mediante la Orden de 1 de marzo de 2024, de las Consejerías de Educación, Ciencia y Formación Profesional y de Economía, Empleo y Transformación Digital (DOE n.º 49, de 11 de marzo) se determinó la Presidencia y la Vicepresidencia y se nombraron a los representantes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el Consejo de Formación Profesional de Extremadura. Habiéndose producido cambios en los órganos y unidades administrativas representados en el Consejo de Formación Profesional de Extremadura, resulta necesario proceder al cese de determinados vocales titulares y suplentes nombrados mediante la Orden de 1 de marzo de

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1840o/26050105.pdf
