# Resolución de 23 de septiembre de 2026, de la Consejera, por la que se publican las tarifas actualizadas de las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-09-30
- **Organismo:** Consejería De Hacienda, Administración Pública Y Diálogo Social. Tasas. Precios Públicos.
- **Identificador oficial:** 2026062437
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2026-09-30/resolucion-23-septiembre-2026-consejera-que-publican-tarifas-actualizadas-tasas-precios-publicos-comunidad-autonoma-extremadura-5AaMLp
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1890o/26062437.pdf

## Contenido

NÚMERO 189 Miércoles 30 de septiembre de 2026 40985 RESOLUCIÓN de 23 de septiembre de 2026, de la Consejera, por la que se publican las tarifas actualizadas de las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026. (2026062437) La Ley 18/2001, de 14 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispone en su artículo 5.3 relativo a la reserva legal en materia de tasas y precios públicos, que las Leyes de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura podrán establecer disposiciones de actualización genérica de las tasas, sin perjuicio de las atribuciones que las normas específicas de cada tasa atribuyan al Consejo de Gobierno mediante el establecimiento de índices de referencia o evolución. En este sentido la Ley 2/2026, de 3 de agosto, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026 (DOE n.º 149 de 4 de agosto de 2026), aunque no dispone ninguna modificación de las tarifas de las tasas y precios públicos respecto al ejercicio anterior, sí establece en su disposición adicional primera y disposición final primera, una serie de bonificaciones del 50 por 100 y 100 por 100 sobre determinadas tasas y precios públicos. Respecto a las tasas y precios públicos, la citada ley, en su disposición final séptima establece que entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, salvo la disposición adicional primera y los apartados ocho y diez de la disposición final primera, que entrarán en vigor con efectos del 1 de enero del 2026, apartados que afectan a determinadas tasas y precios públicos. Razones de transparencia y publicidad, hacen necesario dictar la presente resolución por la que se publican las tarifas de las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura vigentes durante el ejercicio 2026. Por tanto, en virtud de lo establecido legalmente, RESUELVO: Primero. Tasas de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Las tarifas de las tasas propias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a partir de la entrada en vigor de la Ley 2/2026, de 3 de agosto, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026, son las que figuran en los anexos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX y X de esta resolución, según se detalla: Anexo I: Tasas de la Consejería de Hacienda, Administración Pública y Diálogo Social.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1890o/26062437.pdf
