# Régimen económico. Modificación presupuestaria

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2024-06-14
- **Organismo:** Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla
- **Identificador oficial:** BOCM-20240614-81
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2024-06-14/regimen-economico-modificacion-presupuestaria-5ZVyoV
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2024/06/14/BOCM-20240614-81.PDF

## Contenido

BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID B.O.C.M. Núm. 141 VIERNES 14 DE JUNIO DE 2024 Pág. 239 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 81 MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES MEJORADA-VELILLA RÉGIMEN ECONÓMICO De conformidad con los artículos 169 y 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y habida cuenta que la Junta de la Mancomunidad, en sesión extraordinaria celebrada el día 25 de abril de 2024, adoptó acuerdo de aprobación inicial de la modificación número 5/2024 del vigente presupuesto, en la modalidad de suplemento de crédito y crédito extraordinario de la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla, publicado inicialmente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 110, de 9 de mayo de 2024, se considera definitivamente aprobado al no haberse presentado reclamaciones al mismo, presentando el siguiente resumen por capítulos: CRÉDITOS TOTALES GASTOS 1.GASTOS PERSONAL 1.250.951,00 2.GTOS.BIENES CTES.SERV. 996.655,12 3.GTOS.FINANCIEROS 2.000,00 4.TRANSF.CORRIENTES 586.777,39 6.INVERSIONES 296.141,17 7.TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 0,00 8.ACTIVOS FINANCIEROS 12.000,00 9.PASIVOS FINANCIEROS 0,00 TOTALES 3.144.524,68 PREVISIONES DEFINITIVAS INGRESOS 1. IMPUESTOS DIRECTOS 0,00 2. IMPUESTOS INDIRECTOS 0,00 3. TASAS Y OTROS INGRESOS 31.000,00 4. TRANSFERENCIAS CORRIENTES 2.523.106,93 5. INGRESOS PATRIMONIALES 0,00 6.ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES 0,00 7.TRANSF. DE CAPITAL 0,00 8.ACTIVOS FINANCIEROS 590.417,75 9, PASIVOS FINANCIEROS 0,00 TOTAL 3.144,524,68 BOCM-20240614-81 Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 170 y 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado. Mejorada del Campo, a 5 de junio de 2024.—La presidenta, Juana Iris Álvarez Ruiz. (03/8.921/24) http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2024/06/14/BOCM-20240614-81.PDF
