# Régimen económico. Modificación presupuestaria

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2024-07-08
- **Organismo:** Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid
- **Identificador oficial:** BOCM-20240708-110
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2024-07-08/regimen-economico-modificacion-presupuestaria-NPxOK1
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2024/07/08/BOCM-20240708-110.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 161 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID LUNES 8 DE JULIO DE 2024 Pág. 291 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 110 MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID RÉGIMEN ECONÓMICO Acuerdo de la Junta Plenaria de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid por el que se aprueba inicialmente el expediente de modificación de créditos número 976/2024 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería. La Junta Plenaria de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de junio de 2024, acordó la aprobación inicial del expediente de concesión de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, como sigue a continuación: ESTADO DE GASTOS EUROS Capítulo 2: Bienes Corrientes y Servicios TOTAL GASTOS 35.000,00 € 35.000,00 € ESTADO DE INGRESOS EUROS Capítulo 8: Variación activos financieros TOTAL INGRESOS 35.000,00 € 35.000,00 € BOCM-20240708-110 Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el citado Real Decreto puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias de esta Mancomunidad para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de esta administración pública, dirección http://mancomunidadsuroeste.sedelectronica.es Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo, sin necesidad de adoptar acuerdo expreso por el órgano competente, por lo que, en previsión, se publica en este acto la modificación de créditos del presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería. Dado en Griñón, a 25 de junio de 2024.—El presidente, José María Porras Agenjo. (03/10.368/24) http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2024/07/08/BOCM-20240708-110.PDF
