# Régimen económico. Ordenanza fiscal

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2025-01-30
- **Organismo:** Mancomunidad de Servicios Sociales THAM
- **Identificador oficial:** BOCM-20250130-91
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2025-01-30/regimen-economico-ordenanza-fiscal-NLm3x4
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/01/30/BOCM-20250130-91.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 25 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID JUEVES 30 DE ENERO DE 2025 Pág. 245 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 91 MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES THAM RÉGIMEN ECONÓMICO Transcurrido el plazo de treinta días hábiles desde la publicación del anuncio de la aprobación inicial y exposición pública de modificación de la ordenanza reguladora del concepto que se relaciona (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 282, de fecha 26 de noviembre de 2024) sin haberse presentado reclamaciones contra el acuerdo de aprobación inicial, adoptado por la Junta de la Mancomunidad, en sesión celebrada el 13 de noviembre de 2024, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. «ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PARTICIPACIÓN EN LOS TALLERES Y SALIDAS CULTURALES DE LA MANCOMUNIDAD THAM EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La presente ordenanza regula el precio público a cobrar por la participación en los talleres y salidas culturales ofertados por la Mancomunidad THAM. La presente ordenanza tiene su fundamento legal en las siguientes normas: — La Constitución española, que en su capítulo tercero establece los principios rectores de la política social y económica, recogiendo en su artículo 50 que los poderes públicos, en relación a los ciudadanos de la tercera edad “promoverán su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio”. — La Ley 11/2003 de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, que en los apartados g), h) e i) de su artículo 31 establecen como funciones de la atención social primaria el “desarrollo de programas comunitarios para la promoción social de individuos y grupos de población […], el desarrollo de programas y actividades para prevenir la exclusión […], fomento de la participación […]”. Estas funciones están atribuidas por la propia ley a los municipios, por sí solos o asociados en mancomunidades, según se recoge en el apartado e) del artículo 46. En esta línea, uno de los grandes programas de Servicios Sociales, atendiendo al convenio suscrito con la Comunidad de Madrid para la atención social primaria, es el de prevención, inserción y promoción social, que tiene entre sus objetivos generales: — Promoción e inserción social de personas y grupos de población, así como la prevención y detección precoz de situaciones individuales y colectivas de riesgo social. — Fomento de la participación, la solidaridad y la cooperación social. Dos de las áreas de intervención desarrolladas desde este programa son: — Favorecer la participación e interrelación social de los mayores, previniendo su aislamiento y soledad. — Favorecer el desarrollo de la autonomía personal, prevención de riesgos y promoción de la salud, a través de la mejora de sus capacidades cognitivas y su movilidad. 2. Área de igualdad y convivencia, con el desarrollo de talleres para el fomento de la igualdad y la conciliación, así como la prevención de la violencia de género. Estos talleres, se prestan en el marco del Convenio firmado con la Dirección General de la Mujer. BOCM-20250130-91 1. Programas para mayores, con el desarrollo de talleres y otras actividades colectivas cuyo objetivo general es mejorar el bienestar y la calidad de vida de este colectivo, a través de diversos objetivos específicos, entre otros:

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/01/30/BOCM-20250130-91.PDF
