# Plan de acción contra el ruido – Resolución de 28 de enero de 2026, de la Dirección General de Infraestructuras de Transporte Colectivo, por la que se aprueba el Plan de Acción contra el Ruido de las Líneas Ml2 y Ml3 de Metro Ligero Oeste correspondiente a la cuarta fase

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-02-09
- **Organismo:** C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS
- **Identificador oficial:** BOCM-20260209-7
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-02-09/plan-accion-ruido-resolucion-28-enero-2026-direccion-general-infraestructuras-transporte-colectivo-que-aprueba-plan-5M4j19
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/02/09/BOCM-20260209-7.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 82 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID LUNES 9 DE FEBRERO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 33 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras RESOLUCIÓN de 28 de enero de 2026, de la Dirección General de Infraestructuras de Transporte Colectivo, por la que se aprueba el Plan de Acción contra el Ruido de las Líneas Ml2 y Ml3 de Metro Ligero Oeste correspondiente a la cuarta fase. Según la Directiva 2002/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de julio de 2002, sobre evaluación y gestión del ruido ambiental, y su trasposición mediante la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, corresponde a la Comunidad de Madrid la aprobación de los planes de acción contra el ruido de los grandes ejes ferroviarios cuyo tráfico supere los 30.000 trenes/ año, en su cuarta fase, tomando como base los resultados obtenidos en los mapas de ruido. Estos Planes de Acción tienen como finalidad esencial afrontar globalmente las cuestiones concernientes a la contaminación acústica en las correspondientes áreas acústicas, así como determinar las acciones prioritarias a realizar en caso de superación de los valores límite de emisión o inmisión o de incumplimiento de los objetivos de calidad acústica, con el objetivo de promover una mejora de la calidad acústica en la Comunidad de Madrid. La elaboración del Plan de Acción Contra el Ruido de las líneas ML2 y ML3 de Metro Ligero Oeste correspondiente a la fase IV, se ha realizado por la empresa concesionaria de dichas líneas Metro Ligero Oeste, Sociedad Anónima, MLO, con el concurso de Eurocontrol, S. A. El Plan de Acción Contra el Ruido de las líneas ML2 y ML3 de Metro Ligero Oeste correspondiente a la fase IV, comprende las siguientes líneas: — ML2 Colonia Jardín – Estación de Aravaca. — ML3 Colonia Jardín – Puerta de Boadilla. En ambas líneas se superan el tráfico de 30.000 trenes/año. El documento Plan de Acción Contra el Ruido de las líneas ML2 y ML3 de Metro Ligero Oeste correspondiente a la fase IV, tiene como objeto definir conforme a las exigencias establecidas tanto en la normativa comunitaria como en la normativa nacional de aplicación el Plan de Acción contra el Ruido de las de las líneas ML2 y ML3 de Metro Ligero Oeste. Conforme a lo establecido en el artículo 23 de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, los planes de acción en materia de contaminación acústica tendrán, entre otros, los siguientes objetivos: a) Afrontar globalmente las cuestiones concernientes a la contaminación acústica en la correspondiente área o áreas acústicas. b) Determinar las acciones prioritarias a realizar en caso de superación de los valores límite de emisión o inmisión o de incumplimiento de los objetivos de calidad acústica. c) Proteger a las zonas tranquilas en las aglomeraciones y en campo abierto contra el aumento de la contaminación acústica. El Plan de Acción Contra el Ruido recoge un resumen de los resultados obtenidos en el Mapa Estratégico de Ruido que se ha elaborado mediante el método europeo CNOSSOS-EU. De los Mapas estratégicos de ruido de ML2 y ML3 y las tablas de población expuesta, se desprende que no existe población expuesta a niveles de ruido que superen los Objetivos de Calidad Acústica para ninguno de los períodos de evaluación. Así mismo no se han detectado edificaciones sensibles en las que se superen los Objetivos de Calidad Acústica. En el Plan de Acción Contra el Ruido de las líneas ML2 y ML3 se indica que se tiene previsto continuar con las medidas de mantenimiento y ajuste de elementos móviles y estáticos de la infraestructura y de los vehículos, especialmente a los siguientes: — Mantenimiento correctivo y preventivo de las ruedas. — Mantenimiento de los engrasadores fijos automáticos. — Cambio gradual de los engrasadores de pestaña por engrase sólido continuo. — Engrasado manual de refuerzo en caso necesario. BOCM-20260209-7 7

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/02/09/BOCM-20260209-7.PDF
