# Convenio – Convenio de 25 de febrero de 2026, entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, para la prestación de asistencia sanitaria al Presidente del Gobierno y otros altos dignatarios

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-02-27
- **Organismo:** D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD
- **Identificador oficial:** BOCM-20260227-30
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-02-27/convenio-convenio-25-febrero-2026-administracion-general-estado-traves-ministerio-presidencia-justicia-relaciones-cortes-nmlYE8
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/02/27/BOCM-20260227-30.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 49 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID VIERNES 27 DE FEBRERO DE 2026 Pág. 221 I. COMUNIDAD DE MADRID D) Anuncios Consejería de Sanidad 30 CONVENIO de 25 de febrero de 2026, entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, para la prestación de asistencia sanitaria al Presidente del Gobierno y otros altos dignatarios. Madrid, a 25 de febrero de 2026. REUNIDAS De una parte, doña Judit Alexandra González Pedraz, Secretaria General de la Presidencia del Gobierno, en virtud del Real Decreto 219/2023, de 28 de marzo, por el que se efectúa su nombramiento, en el ejercicio de la competencia delegada en el apartado noveno 10 de la Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre, sobre delegación de competencias y fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos. Y de otra, doña Fátima Matute Teresa, Consejera de Sanidad de la Comunidad de Madrid, nombrada para dicho cargo por Decreto 44/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, así como de la delegación efectuada mediante Decreto 8/2026, de 17 de febrero, por el que se delega en la Excma. Sra. Consejera de Sanidad la firma del Convenio entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con la Cortes y la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, para la prestación de asistencia sanitaria al Presidente del Gobierno y otros altos dignatarios. Actuando ambas partes en razón de sus respectivas competencias y reconociéndose poderes y facultades para formalizar el presente convenio, EXPONEN Primero Que existe en la Presidencia del Gobierno, desde el año 1989, un Sistema Operativo Sanitario (en adelante, SOS) cuya finalidad es prestar asistencia sanitaria continuada y atención integral a la salud del presidente, expresidentes, vicepresidentes, ministros y, cuando se encuentren en territorio nacional, a los altos mandatarios y dignatarios de gobiernos extranjeros. Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 1.1 de la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, corresponde a ésta la gestión de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en la materia 17.a, del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución. Que el artículo 1.1 del Decreto 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, atribuye al titular de la Consejería de Sanidad, entre otras competencias, la propuesta, el desarrollo, la coordinación y el control de la ejecución de las políticas del gobierno de la Comunidad de Madrid en lo concerniente, entre otras materias, a la planificación, gestión y asistencia sanitaria, atención farmacéutica, infraestructuras y equipamientos sanitarios, aseguramiento sanitario, docencia y formación sanitaria. Por su parte, la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, en su artículo 2.3 b) recoge entre sus principios rectores la concepción integral del sistema sanitario, incluyendo la promoción de la salud, la educación sanitaria, la prevención, la asistencia en caso de enfermedad, la rehabilitación, la BOCM-20260227-30 Segundo

## Fuente

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Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/02/27/BOCM-20260227-30.PDF
