# Convenio – Adenda segunda de 9 de diciembre de 2025, de modificación al convenio firmado el 21 de junio de 2021, entre el Ministerio de Defensa y la Comunidad de Madrid, en materia de asistencia sanitaria y para la realización de determinadas actuaciones en el terreno de la formación y de la optimización de los recursos sanitarios por el que se aprueba la Cláusula Adicional Segunda

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-03-09
- **Organismo:** D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD
- **Identificador oficial:** BOCM-20260309-17
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-03-09/convenio-adenda-segunda-9-diciembre-2025-modificacion-convenio-firmado-21-junio-2021-ministerio-defensa-comunidad-NPZrjx
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/03/09/BOCM-20260309-17.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 57 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID LUNES 9 DE MARZO DE 2026 Pág. 55 I. COMUNIDAD DE MADRID D) Anuncios Consejería de Sanidad 17 ADENDA segunda de 9 de diciembre de 2025, de modificación al convenio firmado el 21 de junio de 2021, entre el Ministerio de Defensa y la Comunidad de Madrid, en materia de asistencia sanitaria y para la realización de determinadas actuaciones en el terreno de la formación y de la optimización de los recursos sanitarios por el que se aprueba la Cláusula Adicional Segunda. REUNIDOS De una parte, D.a Adoración Mateos Tejada, Subsecretaria de Defensa, según nombramiento efectuado por el Real Decreto 361/2022, de 10 de mayo, en nombre y representación del Ministerio de Defensa, por delegación de la Ministra de Defensa, de conformidad con el apartado tercero de la Orden DEF/3015/2004, de 17 de septiembre, sobre delegación de competencias en autoridades del Ministerio de Defensa en materia de convenios de colaboración. Y de la otra, D.a Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 3 del Decreto 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, el artículo 1 del Decreto 246/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud, así como de la delegación efectuada mediante Decreto 51/2025, de 18 de noviembre por el que se delega en la Viceconsejera de Sanidad y Directora General del Servicio Madrileño de Salud la firma de la adenda 2.a de modificación del convenio de fecha 21 de junio de 2021 suscrito entre el Ministerio de Defensa y la Comunidad de Madrid, en materia de asistencia sanitaria y para la realización de determinadas actuaciones en el terreno de la formación y de la optimización de los recursos sanitarios por el que se aprueba la Cláusula Adicional Segunda. Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y EXPONEN Primero Que el Ministerio de Defensa y el de la Comunidad de Madrid suscribieron, con fecha 21 de junio de 2021, un convenio en materia de asistencia sanitaria y para la realización de determinadas actuaciones en el terreno de la formación y de la optimización de los recursos sanitarios (en adelante, el convenio). Que dicho convenio se publicó mediante Resolución 420/38242/2021, de 22 de junio, de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Defensa, en el “Boletín Oficial del Estado” del 2 de julio, número 157, siendo prorrogado el mismo hasta el 31 de diciembre de 2028 mediante Resolución 420/38256/2025, de 28 de mayo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio con la Comunidad de Madrid, en materia de asistencia sanitaria y para la realización de determinadas actuaciones en el terreno de la formación y de la optimización de los recursos sanitarios, publicado en el “Boletín Oficial del Estado” del 9 de junio, número 138. Tercero Que en virtud de la Cláusula Decimotercera, Régimen de Modificación, la Comunidad de Madrid y el Ministerio de Defensa podrán suscribir de común acuerdo, cláusulas adicio- BOCM-20260309-17 Segundo

## Fuente

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Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/03/09/BOCM-20260309-17.PDF
