# Convenio – Convenio de 11 de marzo de 2026, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Asociación 33% Cultura sin Límites, para mejorar la calidad de vida de pacientes pediátricos con daño neurológico crónico mediante el acompañamiento en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud, a través del programa “Yo cuento”

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-03-28
- **Organismo:** D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD
- **Identificador oficial:** BOCM-20260328-16
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-03-28/convenio-convenio-11-marzo-2026-comunidad-madrid-traves-consejeria-sanidad-servicio-madrileno-salud-asociacion-33-GpyMm1
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/03/28/BOCM-20260328-16.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 74 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID SÁBADO 28 DE MARZO DE 2026 Pág. 105 I. COMUNIDAD DE MADRID D) Anuncios Consejería de Sanidad 16 CONVENIO de 11 de marzo de 2026, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Asociación 33% Cultura sin Límites, para mejorar la calidad de vida de pacientes pediátricos con daño neurológico crónico mediante el acompañamiento en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud, a través del programa “Yo cuento”. REUNIDAS De una parte, D.a Fátima Matute Teresa, Consejera de Sanidad de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 44/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en el ejercicio de sus competencias, en representación de la Consejería de Sanidad, según lo dispuesto en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en el 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en el artículo 1.2 del Decreto 245 /2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad. De otra parte, D.a Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3.b) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, el artículo 3.g) del Decreto 245/2023, de 4 de octubre, el artículo 1.2 del Decreto 246/2023, de 4 de octubre, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud y el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud. De conformidad, asimismo, con lo establecido en el Acuerdo de 30 de diciembre de 2024, del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, por el que se revocan los acuerdos adoptados anteriormente, relativos a la delegación de competencias, su avocación y ratificación, y se delegan determinadas competencias del Consejo de Administración. Y, de otra parte, D.a Virginia Vidal Raso en nombre y representación de la Asociación 33% Cultura sin Límites, con domicilio social en la calle Marqués de Urquijo, número 47, séptimo C (28008 Madrid) y NIF G-87441853, en calidad de presidenta de la misma, elegida en la Asamblea General Ordinaria de 1 de julio de 2025 y en virtud de lo dispuesto en el artículo 11 de sus estatutos. Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y, de conformidad, MANIFIESTAN El artículo 2.3.l) de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, recoge entre sus principios rectores la humanización de la organización sanitaria. Segundo Corresponde a la Consejera de Sanidad la propuesta, el desarrollo, la coordinación y el control de la ejecución de las políticas del gobierno de la Comunidad de Madrid en las siguientes materias: planificación, gestión y asistencia sanitaria, atención farmacéutica, infraestructuras y equipamientos sanitarios, aseguramiento sanitario, docencia y formación sanitaria, investigación e innovación sanitaria, humanización sanitaria, coordinación sociosanitaria, sin perjuicio de las BOCM-20260328-16 Primero

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/03/28/BOCM-20260328-16.PDF
