# Convenio – Adenda de 17 de abril de 2026, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación de Educación para la Salud (FUNDADEPS), para la implantación del proyecto “Bibliotecas para pacientes” mediante el acompañamiento de los pacientes en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-05-01
- **Organismo:** D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD
- **Identificador oficial:** BOCM-20260501-11
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-05-01/convenio-adenda-17-abril-2026-prorroga-convenio-comunidad-madrid-traves-consejeria-sanidad-servicio-madrileno-salud-nd8gLx
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/05/01/BOCM-20260501-11.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 148 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID VIERNES 1 DE MAYO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 102 I. COMUNIDAD DE MADRID D) Anuncios Consejería de Sanidad 11 ADENDA de 17 de abril de 2026, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación de Educación para la Salud (FUNDADEPS), para la implantación del proyecto “Bibliotecas para pacientes” mediante el acompañamiento de los pacientes en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud. REUNIDOS De una parte, D.a Fátima Matute Teresa, Consejera de Sanidad de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 44/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en el ejercicio de sus competencias y en representación de la Consejería de Sanidad, según lo dispuesto en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid; en el artículo 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de Adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid. De otra parte, D.a Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3.b) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de Adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud, el artículo 3.g) del Decreto 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y el artículo 3.2.b) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid. De conformidad, asimismo, con lo establecido en el Acuerdo de 30 de diciembre de 2024, del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, por el que se revocan los acuerdos adoptados anteriormente, relativos a la delegación de competencias, su avocación y ratificación, y se delegan determinadas competencias del Consejo de Administración. Y, de otra parte, D.a María del Carmen Gallardo Pino, actuando en nombre y representación de la Fundación de Educación para la Salud (FUNDADEPS), con domicilio social en Madrid (28040), calle Profesor Martín Lagos, s/n, y NIF G83500512, en calidad de presidenta del patronato de esta, en virtud de poder suficiente para el presente acto según el artículo 17 de sus estatutos. Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y, de conformidad, 1. Que las partes suscribieron un convenio en fecha 28 de abril de 2022, para la implantación del proyecto “Bibliotecas para pacientes” mediante el acompañamiento de los pacientes en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud. 2. Que la evaluación de las actuaciones derivadas del convenio ha sido favorable y que la Fundación de Educación para la Salud (FUNDADEPS) ha manifestado su deseo de mantener la línea de colaboración con la Consejería de Sanidad y el Servicio Madrileño de Salud para dar continuidad al objeto del convenio. BOCM-20260501-11 MANIFIESTAN

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/05/01/BOCM-20260501-11.PDF
