# Convenio – Convenio de 17 de junio de 2026, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y el Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya para la organización y celebración del Festival del Eclipse 2026

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-06-24
- **Organismo:** D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL
- **Identificador oficial:** BOCM-20260624-29
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-06-24/convenio-convenio-17-junio-2026-comunidad-madrid-consejeria-presidencia-justicia-administracion-local-ayuntamiento-buitrago-lozoya-5AYp01
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/06/24/BOCM-20260624-29.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 148 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MIÉRCOLES 24 DE JUNIO DE 2026 Pág. 229 I. COMUNIDAD DE MADRID D) Anuncios Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local 29 CONVENIO de 17 de junio de 2026, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y el Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya para la organización y celebración del Festival del Eclipse 2026. Madrid, a 17 de junio de 2026. REUNIDOS De una parte, D. Miguel Ángel García Martín, Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local de la Comunidad de Madrid, en virtud del Decreto 39/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se dispone su nombramiento (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26 de junio de 2023) y, actuando en el ejercicio de su cargo, en uso de las facultades que le confiere el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece su estructura orgánica, así como en lo dispuesto en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional en la Comunidad de Madrid. De otra parte, D. Francisco Javier del Valle Morales, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya, elegido para dicho cargo en la sesión constitutiva de la Corporación celebrada el día 17 de junio de 2023, cargo que ostenta en la actualidad, y actuando en el ejercicio de las competencias que le atribuyen los artículos 21 y 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. I. Que la Comunidad de Madrid considera de interés público la colaboración con entidades locales para la realización de actividades científicas, educativas, culturales, turísticas y sociales que contribuyan a la cohesión territorial, la promoción del conocimiento y el impulso económico y social de los municipios. II. Que el próximo día 12 de agosto de 2026 tendrá lugar un eclipse total de Sol visible en diversos municipios de la Comunidad de Madrid, constituyendo un acontecimiento astronómico de especial relevancia científica, divulgativa, cultural y turística, con previsión de importante afluencia de visitantes. III. Que el municipio de Buitrago del Lozoya se encuentra entre los enclaves de la región especialmente idóneos para la observación del eclipse total, por su localización geográfica y condiciones de visibilidad, siendo asimismo un municipio estratégico para la dinamización territorial de la Sierra Norte. IV. Que la Comunidad de Madrid ha impulsado una programación institucional vinculada al eclipse solar de 2026, dentro de la cual se integra el Festival del Eclipse 2026, previsto en el Área Recreativa de Riosequillo, sita en Buitrago del Lozoya, con actividades familiares al aire libre, divulgación científica y oferta complementaria durante la jornada del 12 de agosto de 2026. V. Que tanto la Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, como el Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya coinciden en el interés mutuo de colaborar conjuntamente para la adecuada organización del Festival del Eclipse 2026, contribuyendo al fortalecimiento del tejido económico y social del municipio, la proyección institucional de la Comunidad de Madrid y el reequilibrio territorial. VI. Que el artículo 128 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, atribuye a la Comunidad de Madrid, como comunidad uniprovincial, la competencia para garantizar los principios de solidaridad y equilibrio intermuni- BOCM-20260624-29 EXPONEN

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/06/24/BOCM-20260624-29.PDF
