# Convenio – Adenda de 29 de junio de 2026, de modificación del Convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Madrid, para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (S20_S21_S22_S33_S65)

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-08
- **Organismo:** D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES
- **Identificador oficial:** BOCM-20260708-40
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-08/convenio-adenda-29-junio-2026-modificacion-convenio-colaboracion-comunidad-madrid-traves-consejeria-familia-juventud-asuntos-nYPMkQ
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/08/BOCM-20260708-40.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 161 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MIÉRCOLES 8 DE JULIO DE 2026 Pág. 101 I. COMUNIDAD DE MADRID D) Anuncios Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales 40 ADENDA de 29 de junio de 2026, de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Madrid, para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (S20_S21_S22_S33_S65). Madrid, a 29 de junio de 2026. REUNIDOS De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41 a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid Y de otra, el Sr. D. José Fernández Sánchez, miembro de la Junta de Gobierno de la Cuidad de Madrid y titular del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, nombrado mediante Decreto, de 17 de junio de 2023, del Alcalde. Por delegación, ostenta la competencia de suscribir este convenio en virtud del apartado 3.o.1.8 del Acuerdo de 29 de junio de 2023, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, en relación con la competencia de celebración de convenios atribuidas al Alcalde por el artículo 14.3K de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid, que ha sido desconcentrada en la Junta de Gobierno de la Cuidad de Madrid por Decreto del alcalde de 29 de junio de 2023 por delegación y desconcentración de competencias. Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda de modificación del convenio de colaboración vigente, y MANIFIESTAN Primero El día 19 de julio de 2022 se formalizó el convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la entonces Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Madrid para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (S20_S21_S22_S33_S65). La cláusula novena del citado Convenio de colaboración, establece que cualquiera de las partes, o ambas de mutuo acuerdo, podrán proponer la modificación del Convenio durante su vigencia, que deberá producirse de mutuo acuerdo y por escrito, suscribiendo la adenda de modificación correspondiente. Todo ello de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En estos casos, procederá tramitar una modificación del convenio que contendrá el o los anexos modificados o, en su caso, el nuevo anexo. BOCM-20260708-40 Segundo

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/08/BOCM-20260708-40.PDF
