# Convenio – Convenio de 29 de junio de 2026, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid, para la Atención a las Personas en Situación de Dependencia desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de octubre de 2026

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-08
- **Organismo:** D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES
- **Identificador oficial:** BOCM-20260708-41
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-08/convenio-convenio-29-junio-2026-comunidad-madrid-ayuntamiento-madrid-atencion-personas-situacion-dependencia-56bEx6
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/08/BOCM-20260708-41.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 161 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MIÉRCOLES 8 DE JULIO DE 2026 Pág. 107 I. COMUNIDAD DE MADRID D) Anuncios Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales 41 CONVENIO de 29 de junio de 2026, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid, para la Atención a las Personas en Situación de Dependencia desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de octubre de 2026. REUNIDOS De una parte, la Excma. Sra. Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en virtud de su cargo y de las facultades que le confieren el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid. De otra, Don José Fernández Sánchez, en su calidad de Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad del Ayuntamiento de Madrid, nombrado por Decreto de 17 de junio de 2023 del Alcalde por el que se nombra a los miembros de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, a los tenientes de alcalde, a los titulares de las áreas y a los concejales presidentes de distrito, en nombre y representación del Ayuntamiento de Madrid, en virtud de las competencias que, en materia de convenios, tiene atribuidas por el apartado 3.o 1.8 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de junio de 2023, de organización y competencias del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad. Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y 1. Que, el sistema público de servicios sociales de la Comunidad de Madrid, regulado en la Ley 12/2022, de 21 de diciembre, establece un marco de colaboración y complementariedad entre los niveles de atención social primaria y atención social especializada que se fundamenta en los principios de universalidad en su disponibilidad y accesibilidad, globalidad en cuanto a la atención integral de las personas y coordinación entre las administraciones implicadas. 2. Que, en el marco de la pertenencia de nuestro país a una institución supranacional como la Unión Europea, ambas partes se comprometen a potenciar todas aquellas acciones que contribuyan a la cohesión económica y social, en relación con el desarrollo regional. 3. Que la exposición de motivos de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, reconoce que las necesidades de las personas mayores, y en general de los afectados por situaciones de dependencia, son atendidas, fundamentalmente, desde los ámbitos autonómico y local, ámbitos en los que los convenios de colaboración entre las administraciones se han consolidado como una herramienta fundamental de trabajo y coordinación interadministrativa. El artículo 1 de la citada Ley considera que el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia responde a una acción coordinada y cooperativa de la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas, con la participación, en su caso, de las Entidades Locales. En este sentido, y según recoge la propia Ley, en su artículo 12, “las entidades locales participarán en la gestión de los servicios de atención a las personas en situación de dependencia, de acuerdo con la normativa de sus respectivas comunidades autónomas y dentro de las competencias que la legislación vigente les atribuye”. 4. Que en la actualidad, las intensidades y condiciones de los servicios contemplados en el presente convenio, están regulados en el Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, establecidas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, según la redacción del Real Decreto 675/2023, de 18 de julio, por el que se modifica el anterior. BOCM-20260708-41 MANIFIESTAN

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/08/BOCM-20260708-41.PDF
