# Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden de 3 de julio de 2026, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de convocatoria de subvenciones para la financiación de acciones formativas vinculadas al Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales dirigidas prioritariamente a trabajadores ocupados, para 2026, impartidas en modalidad virtual

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-08
- **Organismo:** C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO
- **Identificador oficial:** BOCM-20260708-21
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-08/extracto-convocatoria-subvenciones-extracto-orden-3-julio-2026-consejeria-economia-hacienda-empleo-convocatoria-subvenciones-financiacion-ndP73a
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/08/BOCM-20260708-21.PDF

## Contenido

BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID B.O.C.M. Núm. 161 MIÉRCOLES 8 DE JULIO DE 2026 Pág. 67 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Economía, Hacienda y Empleo 21 EXTRACTO de la Orden de 3 de julio de 2026, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de convocatoria de subvenciones para la financiación de acciones formativas vinculadas al Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales dirigidas prioritariamente a trabajadores ocupados, para 2026, impartidas en modalidad virtual. BDNS (917537) De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/es/index y en la página web de la Comunidad de Madrid http://www.comunidad.madrid Primero Objeto 1. Se convocan subvenciones para la financiación de programas de formación dirigidos prioritariamente a los trabajadores ocupados para el año 2026. 2. Objeto de financiación en esta convocatoria serán los programas de formación de grado b vinculados al Catálogo Nacional de Estándares de Competencia Profesionales, el correspondiente período de formación en empresa u organismo equiparado de 80 horas, así como las acciones formativas de idiomas del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. Acciones formativas, todas ellas, dirigidas prioritariamente a los trabajadores ocupados e impartidas en modalidad virtual (teleformación). 3. La concesión de las subvenciones se realizará en régimen de concurrencia competitiva. Segundo Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente orden las entidades de formación públicas o privadas, que deberán estar autorizadas e inscritas, en su caso, en el correspondiente Registro de Entidades y Centros de Formación Profesional de Grado C y de Formación en el Trabajo de la Comunidad de Madrid o en el registro estatal correspondiente, para las acciones formativas objeto de la formación solicitadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Orden EFP/942/2022, de 23 de septiembre y en el artículo 15.2 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre. Tercero Orden EFP/942/2022, de 23 de septiembre, por la que se regula la oferta formativa del sistema de Formación profesional en el ámbito laboral asociada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales efectuada por las administraciones competentes, se establecen bases reguladoras, así como las condiciones para su financiación (“Boletín Oficial del Estado” núm. 239, de 5 de octubre de 2022). Cuarto Cuantía El importe inicialmente previsto para los programas de formación vinculados al Catálogo Nacional de Estándares de Competencia Profesionales y para las acciones formativas de idiomas del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER) impartidos en BOCM-20260708-21 Régimen jurídico

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/08/BOCM-20260708-21.PDF
